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Una de las máximas universalmente aceptadas en los servicios de salud es la de un enfoque preventivo como la mejor forma de tener una población más saludable.
Con los padecimientos que escapan a la prevención por razones como la no existencia de una vacuna, falta de información sobre hábitos saludables, la decisión de no tener dichos hábitos o el nacer con alguna discapacidad o defecto; la detección temprana y el tratamiento oportuno son esenciales para llegar a una cura o control satisfactorio.
En el caso de la hipoacusia o sordera desde el nacimiento esta regla es absolutamente válida.
En México alrededor de tres de cada mil bebes nacen con problemas de audición cada año, algunos con casos tan severos que, literalmente, no escucharán nunca a menos que sean detectados y tratados con las soluciones que amerite su caso específico, desde auxiliares auditivos hasta un implante coclear acompañado de terapia de rehabilitación.
Un bebé que no oye no podrá aprender a comunicarse con sus semejantes, porque para aprender a hablar se necesita oír. Asimismo no aprenderá a leer ni a escribir, por lo que tiene una seria desventaja ante la vida.
El tiempo es crucial. El nivel óptimo de plasticidad cerebral para aprender a hablar se da entre los 0 y 5 años de edad. Después de eso, aun con un implante coclear, difícilmente alcanzará el nivel de lenguaje de una persona normoyente.
Por ello es necesario, que cuando un pequeño nazca con o desarrolle en sus primeros años algún defecto auditivo, sea detectado, evaluado y tratado oportunamente.
La buena noticia es que existe la prueba del tamiz auditivo neonatal, procedimiento sencillo y no invasivo que, a partir del 2007, se volvió un derecho para todos los niños y niñas mexicanos y debe ser aplicado de manera obligatoria y gratuita en los hospitales públicos a las pocas horas de haber nacido o, en su defecto, antes de los tres meses de vida.
La Norma Oficial Mexicana 034-SSA2-2013 especifica que, en toda unidad de salud donde ocurran partos o se atienda a recién nacidos, se debe realizar el tamiz auditivo neonatal antes de dar de alta al menor o antes de los siete días de vida. Es decir que el derecho al tamiz es una ley cuyo cumplimiento debe exigirse.
Nos preocupa, por lo tanto, escuchar declaraciones como la emitida el pasado 12 de septiembre por el Dr. José Luis Lezana, Coordinador de la clínica Fibrosis Quística del Hospital Infantil de México, quien afirma que el Sector Salud hará un recorte a las pruebas del tamiz ampliado neonatal y el tamiz auditivo en los hospitales públicos por falta de recursos.
Esto, además de contravenir la ley (la NOM obliga a que se tengan recursos), es inaceptable por lo que significa para los niños que no serán atendidos a tiempo y para sus familias y denota una falta de visión a largo plazo, porque se piensa en ahorrar centavos para después tener que gastar pesos, ya que los niños con problemas de audición que no sean tratados representarán a corto, mediano y largo plazo, un gasto mucho mayor (en términos humanos y económicos) que el supuesto ahorro que se obtendría.
Exhortamos a las autoridades a cumplir con su obligación de garantizar el derecho a la salud de los mexicanos, para lo cual ofrecemos nuestra cooperación para ayudar, como Sociedad Civil Organizada, a que la ley se cumpla.
Presidenta de Escuchar es lo Máximo A.C.
www.escuchareslomaximo.org