El Tribunal Electoral de la Ciudad de México () desechó una queja en contra de la Jefa de Gobierno electa, , que buscaba sancionarla por presuntamente haber realizado actos anticipados de campaña y promoción personalizada.

Este Procedimiento Especial Sancionador (PES) fue promovido por la senadora al argumentar que Brugada Molina apareció en cinco espectaculares alusivos a una edición del periódico Patriotas, en los cuales presuntamente se posicionó de manera anticipada

Al analizar el caso, las y los magistrados decidieron el sobreseimiento de este asunto, pues es idéntico a otro del PES en donde se determinaron inexistentes estas mismas conductas atribuidas a Clara Brugada.

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En este sentido, el Tribunal Electoral local también revocó un acuerdo del Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) que amonestaba públicamente a la jefa de Gobierno electa por no haber cumplido con una medida cautelar.

“Lo anterior, porque si bien en el expediente que dio origen al presente Juicio Electoral existe constancia de la permanencia de la propaganda cuyo retiro se ordenó como medida precautoria, lo cierto es que, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Quejas del , para determinar el incumplimiento de una medida cautelar existe un procedimiento determinado, no así a través de un acuerdo emitido por el Secretario Ejecutivo”, señala la sentencia dada a conocer durante esta sesión virtual del TECDMX de esta tarde.

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mahc/cr

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