Elecciones

TEPJF regresa candidaturas a Alberto Esquer y Eliseo Fernández de MC

Se había cancelado su registro ya que el partido incumplió con los lineamientos de paridad de género; continuarán su candidatura por Jalisco y Campeche, respectivamente

El documento señala que en la medida consistente implementar un método aleatorio para la cancelación de registros de candidaturas, carece de sustento legal. Foto: EL UNIVERSAL
10/04/2024 |15:08
Otilia Carvajal
Reportero de la sección NaciónVer perfil

La Sala Superior del Tribunal Electoral dio la razón a para que Alberto Esquer y Eliseo Fernández puedan continuar como candidatos al Senado por los estados de Jalisco y Campeche, respectivamente.

El Consejo General del INE determinó cancelar el registro de la primera fórmula para el Senado de ambos estados, ya que el partido incumplió con los lineamientos de . Sin embargo, Movimiento Ciudadano impugnó la decisión.

En este caso, se harían sustituciones para cambiar a la titular de la primera fórmula por una mujer en Baja California Sur y Durango, con Maritza Muñoz y Karla Tello respectivamente.

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El documento señala que en la medida consistente implementar un método aleatorio para la cancelación de registros de candidaturas, carece de sustento legal.

"Si bien el Consejo General del Instituto Nacional Electoral está obligado a velar por el cumplimiento al principio de paridad en la postulación de candidaturas al Senado de la República, lo cierto es que, dadas las circunstancias particulares del caso, y previo a la emisión del acuerdo controvertido, debía armonizar dicho principio con los correspondientes a la autoorganización y autodeterminación del partido político ahora recurrente", expuso.

"El acto tampoco resulta proporcional, dado que, para la observancia en forma integral del principio constitucional que exige a las autoridades electorales respetar la vida interna de los partidos políticos en la toma de sus respectivas decisiones, el artículo 2, párrafo tercero, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, establece que la conservación de la libertad de decisión política y el derecho a la autoorganización partidaria deberá ser considerada por las autoridades electorales competentes", apuntó.

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