La Sala Superior del Tribunal Electoral eliminó la recomendación hecha por el INE a los partidos políticos para que valoren la postulación a una persona inscrita en el registro de sancionados por violencia política de género, para reelección de senadurías y diputaciones en el proceso electoral de 2024.
Por cuatro votos a favor, se aprobó eliminar este párrafo de los lineamientos de reelección para legisladores emitidos por el INE.
Lee también En 2024 demostraremos que hemos desterrado el fraude electoral: Luisa María Alcalde
El magistrado José Luis Vargas apuntó que puede resultar ocioso regular una recomendación, “pero en los hechos puede generar efectos perniciosos de arbitrariedad, al brindar al registro de personas sancionadas una consecuencia de elegibilidad que no encuentra ningún asidero legal, y puede generar un detrimento a derechos político-electorales”.
El magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón puntualizó que las consecuencias para una persona que cometió violencia política de género deben ser determinadas por una autoridad jurisdiccional, y por tanto, si es un impedimento para ser elegido a un cargo de elección.
Por ello, consideró que debería dejarse sin efecto la parte de los lineamientos referente a que los partidos políticos valoren postular a alguien inscrito en el registro de personas sancionadas por violencia política de género.
Lee también Xóchitl Gálvez pide a partidos apoyar a mujeres competitivas para gubernaturas rumbo a 2024
En tanto, la magistrada Mónica Soto consideró que los partidos políticos sí deben que revisar y valorar los perfiles de sus candidaturas en materia de violencia política.
En tanto, se mantuvo el criterio de que no podrán postularse personas con sentencia firme por delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
El Tribunal Electoral también confirmó que las y los diputados y senadores podrán reelegirse por un partido distinto al que los postuló, en los supuestos de que formen parte de la misma coalición; o bien, que se hayan desvinculado de dicho partido antes de la mitad de su mandato.
Es decir, en el caso de los senadores la fecha límite para cambiar de grupo parlamentario fue el 31 de agosto de 2021; y en el caso de diputaciones, el 28 de febrero de 2023.
El senador de Movimiento Ciudadano, José Luis Pech, quien dejó la bancada de Morena, impugnó el acuerdo, ya que debido a las fechas no les es posible acceder a la reelección. Sin embargo, el Tribunal señaló que no hay agravio en los lineamientos emitidos por el INE.
tjm/rmlgv