Cuernavaca.— La viabilidad de la candidatura de Lucía Meza Guzmán, quien aspira a la gubernatura de Morelos por la alianza Dignidad y Seguridad por Morelos (PAN, PRI, PRD, RSP) ha sido motivo de disputa en días recientes.

Por una parte, la coalición Sigamos Haciendo Historia (Morena, PVEM, Panal, PT, Mas) impugnó ante el Tribunal Estatal Electoral el registro de la candidata de Meza Guzmán, argumentando una violación a la Constitución del Estado, al no separarse del cargo con 90 días de antelación al día de la votación.

En respuesta, la alianza opositora señaló que el asunto fue consultado con el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac), el cual resolvió que no tenía necesidad de separarse del cargo de senadora para ser candidata a la gubernatura.

La postura morenista

Según la alianza morenista, Meza Guzmán transgredió el artículo 60 de la Constitución estatal, el cual establece que no pueden ser gobernadoras del Estado aquellas personas que tengan algún empleo, cargo o comisión civil del gobierno federal, si no se separan 90 días antes del día de la elección.

También señalan el artículo 55 de la Constitución federal, en su fracción V, en cuyos requisitos para ser legislador pide que los aspirantes no sean titulares de los organismos con autonomía, ni ser secretario o subsecretario de Estado, ni titular de alguno de los organismos descentralizados o desconcentrados de la administración pública federal, a menos que se separe definitivamente de sus funciones 90 días antes del día de la elección.

La senadora Lucía Meza Guzmán pidió licencia al cargo a partir del 31 de marzo pasado, por lo que serían 60 días al 2 de junio, día de la elección.

Los actores de la demanda citaron la sentencia contra el gobernador Cuauhtémoc Blanco (Morena) en la que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) analizó el fenómeno de los servidores públicos que pretenden pasar de un cargo electivo a otro diferente sin separarse del cargo mediante la licencia correspondiente.

“En dicha resolución, el mencionado órgano jurisdiccional examinó las implicaciones derivadas de los obligaciones de imparcialidad y neutralidad, para concluir con la inviabilidad jurídica de que un servidor público no se separe de su cargo y contienda al mismo tiempo por otro cargo electivo de índole federal, en virtud del evidente peligro o alto riesgo de que aproveche indebidamente los recursos públicos de los que dispone para distorsionar la formación de una opinión pública libre durante el proceso electoral”, citaron.

La coalición Sigamos Haciendo Historia también advirtió a los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Morelos que la postulación conjunta de Lucía Meza es antijurídica y debe revocarse, porque no existe certeza de que se hayan seguido a cabalidad los procedimientos estatutarios previstos en cada una de las normativas de los parti dos políticos para autorizar esta clase de postulación vía coalición, de modo que ante la falta de demostración plena del cumplimiento de las reglas internas, la autoridad electoral debió negar el registro.

La defensa

En respuesta, la representación de la candidata Lucía Meza respondió a la acusación de no separarse del cargo 90 días antes de los comicios, y expuso que esa determinación fue planteada en dos ocasiones ante el Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac).

Cuando se dictó el acuerdo, el 25 de febrero de 2024, los partidos recurrentes conocieron la respuesta del Impepac, en la cual indicaba que Lucía Meza no tenía necesidad de separarse del cargo de senadora para ser candidata a la gubernatura, y no lo impugnaron, “por lo tanto tácitamente lo consintieron y aceptaron”, respondió la candidata a través de sus abogados.

También expuso que Morena y sus aliados no tienen interés jurídico para cuestionar los procesos que siguieron los partidos políticos para designarla candidata en coalición, porque es la militancia de los propios partidos políticos postulantes la que debe cuestionar al observancia de la normativa partidista de cada partido.

“No corresponde a los representantes de otros partidos políticos cuestionar la aplicación del marco normativo interno de los partidos políticos, porque carecen de interés jurídico para hacerlo”, señaló.

La representación del frente opositor afirmó que la sentencia que obligó al gobernador Cuauhtémoc Blanco a pedir licencia al cargo para contender por una diputación federal, no puede aplicarse a la candidata Meza Guzmán porque, conforme al artículo 55 de la Constitución federal, el gobernador tiene el mando de la policía y por tanto tendría que separarse del cargo.

Agregó que la legislación local no contempla la imposibilidad de que los senadores puedan ser candidatos a la gobernatura del estado ni establece alguna temporalidad o requisito de separación del cargo.

Actualmente, el Tribunal Electoral tiene el caso en estudio.

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