Toluca, Méx.- Tras el cierre de precampañas el proceso electoral para renovar la gubernatura del Estado de México sigue, por ahora se encuentra en periodo de espera al registro de candidatos, pero ¿ y qué acciones prohibidas para los aspirantes a contender por este cargo?

De acuerdo con el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) Del domingo 12 de febrero hasta el 3 de abril, son los 49 días del periodo de intercampañas, aunque del 18 al 27 de marzo se recibirán los registros de las candidaturas.

El objetivo de este periodo, dijo la Consejera presidenta, Amalia Pulido , es un espacio para que los partidos políticos resuelvan las diferencias que puedan surgir en sus procesos de selección interna de candidatos.

Entre tanto, las actividades prohibidas son: actos de proselitismo, es decir, reuniones públicas, asambleas, marchas o eventos donde el objetivo sea la promoción ante el electorado.

"No se pueden realizar llamados expresos a favor de alguna candidatura, coalición o partido, está prohibida la organización de debates, que son sólo a cargo del árbitro electoral, no pueden aparecer en spots ni mesas de análisis, ni realizar propaganda de ningún tipo a favor o en contra de las candidaturas", explicó.

¿Qué sí está permitido durante este periodo?

Lo que sí se puede hacer es emitir mensajes genéricos, es decir, con un carácter meramente informativo, puede con la finalidad de presentar la ideología o valores de algún partido político de forma general, se pueden conceder entrevistas a los medios de comunicación, como lo señala la Constitución como parte de la libertad de expresión.

Las y los precandidatos podrán asistir a reuniones privadas en las que expongan temas generales de interés público, pero el elemento a cuidar es no llamar al voto.

Para ciudadanos y partidos políticos que observan una violación a esta etapa del proceso, pueden acudir ante el IEEM a establecer una queja o impugnación. Tras recibirla, o impugnación y hacer la investigación, posteriormente se decide en la Secretaría Ejecutiva, dónde se emiten medidas cautelares para después remitirla al Tribunal Electoral estatal.

"Hay una judicialización que viene desde la norma electoral entonces el instituto no resuelve del fondo de las quejas eso ya le toca al Tribunal, pero cuando el instituto detecta que sí puede haber un agravio de la equidad en la contienda es el momento en el que se emiten las medidas cautelares", acotó Amalia Pulido.

Hasta ahora el órgano emitió medidas cautelares iniciando el año, para que fueran retirados cieros espectaculares que venían de una revista, ya que en el análisis jurídico que hizo el área correspondiente, se consideró pertinente emitir estás medidas.

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rdmd

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