El Instituto Nacional Electoral () propone establecer un tope de gastos de 34 millones 370 mil 666 pesos para los aspirantes de la 4T y oposición que buscan la candidatura a la presidencia de la República en 2024. Esto, sólo contemplando procesos internos.

El proyecto de los lineamientos, en poder de , fue actualizado tras una reunión entre las consejeras y consejeros, para someterse a votación en sesión de Consejo General este miércoles.

Las personas aspirantes podrán aportar, en dinero o en especie, un límite de 2 millones 148 mil 166 pesos; mientras que las aportaciones de militantes y simpatizantes, de manera individual, será de hasta 537 mil 041 pesos.

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Estarán prohibidas las aportaciones de Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y de las entidades federativas, y los ayuntamientos; dependencias, entidades u organismos de la Administración Pública Federal, estatal o municipal, centralizada o paraestatal, y los órganos de gobierno de la ciudad de México; organismos autónomos federales, estatales y de la Ciudad de México.

Tampoco estarán permitidas las aportaciones de los partidos políticos, personas físicas o morales extranjeras; organismos internacionales; personas morales o no identificadas.

DAN PERMISO A SERVIDORES PÚBLICOS

El INE permitirá que las personas aspirantes que sean servidoras públicas no les apliquen las restricciones establecidas en los lineamientos para funcionarios.

El resto de las personas servidoras públicas podrán asistir a los eventos de Procesos Políticos en días inhábiles, su participación no debe incluir elementos de naturaleza electoral o equivalentes y se abstendrán de tener participación activa y preponderante en el evento del que se trate

En tanto, los legisladores pueden acudir a los eventos en días y horas hábiles, siempre y cuando no se distraigan de su participación en las actividades legislativas a su cargo.

PROPAGANDA Y BARDAS

El INE realizará la certificación de propaganda colocada en vía pública, tales como espectaculares, en vehículos de transporte público y pinta de bardas, así como en redes sociales. Y en caso de infringir las reglas, se ordenará su retiro.

Los lineamientos establecen que la propaganda sobre los procesos internos podrá colocarse o fijarse en inmuebles de propiedad privada, siempre que medie permiso escrito de la persona propietaria.

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Sin embargo, no podrá colocarse elementos del equipamiento urbano, carretero ni ferroviario; tampoco en monumentos ni edificios públicos.

Además, no se podrá obstaculizar en forma alguna la visibilidad de los señalamientos que permiten a las personas transitar y orientarse dentro de los centros de población.

ACTOS DE ASPIRANTES

Sobre los actos de los aspirantes, denominados “personas inscritas”, establece que no deben tener como objetivo el obtener el respaldo para la postulación de precandidaturas o candidaturas a un cargo de elección popular.

También deberán omitir expresiones, discursos y mensajes elementos de naturaleza electoral o equivalentes.

No se podrá emplear propaganda por sí mismos o por terceros, que de manera indirecta tenga un contenido proselitista electoral.

Además, se deberán evitar expresiones que se interpreten como la continuidad de programas de gobierno o la presentación de una plataforma electoral.


ml

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