Más Información
Osiel Cárdenas, exlíder del Cártel del Golfo, recibe auto de formal prisión; enfrentará juicio por homicidio
Jóvenes mexicanos pasan más de 2 mil horas al año en el teléfono; OCDE alerta sobre su impacto en la salud mental
Sergio Gutiérrez Luna destaca aprobación de 25 reformas en la 66 Legislatura; "Un logro histórico para la 4T", señala
Secretario de Agricultura reafirma defensa del maíz blanco; "Seguiremos apoyando la producción nacional no transgénica", afirma
¿Maíz transgénero? Rubén Rocha corrige desliz durante discurso en Sinaloa; destaca importancia del maíz blanco
Sheinbaum asegura apoyo total a Sinaloa para enfrentar violencia; "Nunca los vamos a dejar solos, aquí está la presidenta"
El Instituto Nacional Electoral (INE) perfila que ninguna de las candidaturas a cargos de elección popular incumplió con la 8 de 8 contra la violencia de género, por lo que están vigentes sus derechos político electorales y pueden seguir en la contienda.
Las comisiones unidas de Prerrogativas y Partidos Políticos y de Igualdad de Género aprobaron el anteproyecto sobre la revisión de la 8 de 8 contra la violencia, que deberá ser avalado ante el Consejo General del INE este jueves.
La ley 8 de 8 establece que no podrán ser candidatos las personas con sentencia firme en estos supuestos: comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; delitos contra la libertad y seguridad sexuales; contra el normal desarrollo psicosexual; violencia familiar; violencia familiar equiparada; violación a la intimidad sexual; violencia política contra las mujeres en razón de género y ser declarada persona deudora alimentaria morosa.
Tras un proceso de revisión inicial de 461 posibles hallazgos, se llegó a 22 casos en los que podría aplicar alguno de los delitos previstos en la 8 de 8.
Lee también Veracruz: exhiben a candidata de Morena con pagos millonarios de Javier Duarte
Sin embargo, las áreas determinaron que no entraban en los supuestos previstos en la ley, por lo que ninguna tiene suspendidos sus derechos político electorales por la comisión de alguno de estos supuestos.
La consejera Dania Ravel explicó que en algunos casos, si la sentencia fue previa a la reforma constitucional de 2023 y la reforma en materia de violencia política de género de 2020, no aplica la cancelación del registro porque fue el periodo que determinaron para esta revisión.
En el caso de los homónimos, subrayó que algunos candidatos no presentaron documentación suficiente para acreditar que no se trata de la misma persona, en el supuesto de alguno de los delitos.
Por ello, solicitó que presenten una carta bajo protesta de decir verdad asegurando de que se trata de un homónimo, como sí lo hicieron otras candidaturas.
Lee también Máynez defiende a AMLO y le pide deslindarse de gobernadores de Morena que “de repente amanecieron guindas”
La consejera Carla Humphrey consideró que las acciones para evitar que personas violentadoras lleguen a cargos de elección popular son insuficientes.
"Nos quedamos cortos y cortas. Me parece muy importante todo lo que hemos recorrido para llegar hasta este punto. Creo que si hay estas temporalidades para casos donde ya hay sentencias o incluso resoluciones administrativas, deja un poco de lado el objetivo de la reforma en materia de violencia política en razón de género: hacer que las personas violentadoras no ocupen cargos de elección popular", sostuvo.
El documento expone que se recopiló información por dos vías. Una, proporcionada por autoridades e instancias, así como la información enviada por la ciudadanía.
De las 52 autoridades consultadas, el INE obtuvo respuesta de 47 autoridades, es decir, 90.4% de los requerimientos.
Lee también Gobierno de Zacatecas da contratos a Caty Monreal
En tanto, la ciudadanía envió siete escritos y siete formularios sobre un total de 13 candidaturas, que fueron analizados por la autoridad electoral.
uul