La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a la Presidencia de la República retirar de su página de internet y plataformas digitales el segmento del evento denominado “Programas para el Bienestar”, que encabezó el presidente Andrés Manuel López Obrador el pasado 10 de diciembre en Almoloya de Juárez, Estado de México, donde alude a los programas sociales y conmina a que se vote por Morena para que tenga mayoría calificada en el Congreso.
A decir del PRD y un ciudadano, que fueron los quejosos, el mandatario violentó el marco legal al referirse a programas sociales, y solicitar el voto por candidaturas de la denominada 4T.
En su sesión del pasado sábado, la comisión del INE determinó procedente la adopción de medidas cautelares solicitadas, “toda vez que, bajo la apariencia del buen derecho y desde una óptica preliminar, se trata de manifestaciones que son de carácter político-electoral, asociadas con un posible uso indebido de programas sociales, difundidas a la ciudadanía en general”.
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Por lo anterior, se ordenó que en un plazo máximo de 6 horas, se realicen las acciones, trámites y gestiones necesarias para modificar las páginas de Internet donde se encuentren alojados los archivos de audio, audiovisuales y/o versiones estenográficas del evento denunciado denominado "Programas para el Bienestar”, así como de cualquier otra plataforma electrónica bajo su dominio,control o administración.
También otorgó la medida cautelar, bajo la vertiente de tutela preventiva, a fin de que el titular del Ejecutivo “se abstenga bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones, o señalamientos sobre temas electorales, cuidando que su actuar se encuentre ajustado a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad”.
Por su parte, Morena denunció a Beatriz Pagés, directora general de la Revista “Siempre!”, así como a los responsables de la edición impresa, por la publicación y distribución del ejemplar número 3678, año LXX, en la que se exhibió la silueta, presuntamente, de Claudia Sheinbaum, con una cinta roja rodeada de la esvástica nazi, así como la leyenda ¡NO PERMITAMOS QUE GANE!, lo que, a juicio del quejoso, genera un discurso de odio y hace un llamado a la ciudadanía a no votar por Morena y su candidata.
La Comisión resolvió improcedente la medida cautelar respecto de la promoción de la portada editorial en Internet al tratarse de hechos consumados, toda vez que actualmente ya no se difunde.
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Respecto a la circulación de la versión impresa de la revista, se consideró procedente la adopción de medidas cautelares, por atribuirse a una opción política, “símbolos que fomentan el discurso de odio, incitan a la discriminación o a la violencia, lo que no está amparado bajo la libertad periodística y pudieran transgredir los derechos político-electorales del partido Morena y su precandidata única, Claudia Sheinbaum Pardo”.
La Comisión de Quejas y Denuncias ordenó a la revista que en un plazo máximo de 24 horas, realice las acciones, trámites y gestiones necesarias para suspender la reproducción, circulación, distribución, venta y promoción del citado ejemplar, así como eliminar la nota editorial de su portal de Internet o de cualquier otra ubicación en que se haya difundido dicho contenido.
Asimismo, se negó la medida cautelar en su vertiente de tutela preventiva, ya que se trata de hechos futuros de realización incierta, es decir, no se tienen elementos para considerar que la conducta denunciada se repetirá.
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