Más Información
Sergio Gutiérrez Luna destaca aprobación de 25 reformas en la 66 Legislatura; "Un logro histórico para la 4T", señala
Secretario de Agricultura reafirma defensa del maíz blanco; "Seguiremos apoyando la producción nacional no transgénica", afirma
¿Maíz transgénero? Rubén Rocha corrige desliz durante discurso en Sinaloa; destaca importancia del maíz blanco
Sheinbaum asegura apoyo total a Sinaloa para enfrentar violencia; "Nunca los vamos a dejar solos, aquí está la presidenta"
Dictan 600 años de prisión a "El Negro" Radilla y "El Cone"; responsables de secuestrar al hijo de Javier Sicilia
Familias de desaparecidos en Mazatlán irrumpen en evento de Sheinbaum; mandataria promete atender peticiones
En sesión extraordinaria, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedentes las quejas interpuestas por el PRD y el PRI .
En el primer caso, el PRD denunció al Partido Verde Ecologista de México (PVEM) por la supuesta compra y coacción del voto de la ciudadanía con motivo de las manifestaciones realizadas en una entrevista por un candidato a diputado local y su dirigencia nacional, donde refieren que para apoyar a las familias que han perdido su fuente de ingresos derivado de la pandemia por Covid -19 , impulsarán la creación de un vale para adquirir la canasta básica, lo que a juicio del quejoso constituye una promesa de dádiva al electorado.
Los integrantes de la Comisión determinaron la improcedencia de las medidas cautelares pues, bajo la apariencia del buen derecho, no existen elementos de que el partido esté llevando a cabo la entrega del supuesto vale, sino que se trata de la difusión de una propuesta de campaña contenida en su plataforma electoral, lo que no viola disposición legal alguna.
También lee:
Explicaron que el artículo 209, numeral 5 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales prohíbe la entrega de cualquier tipo de material en el que se oferte o entregue algún beneficio directo o indirecto lo que, en el presente caso, en sede cautelar, no se observa.
La segunda queja fue presentada por el PRI en contra del partido Morena , por la posible realización de actos anticipados de campaña , luego de la distribución los pasados 3 y 4 de marzo de la publicación nacional impresa Regeneración MORENA, el periódico de las causas justas y el pueblo organizado (edición de enero-febrero 2021).
Según el quejoso, contiene información que alude al proceso electoral en curso y exalta logros de Morena, durante la etapa de intercampaña, en franca violación a la equidad de la contienda.
También lee:
Sobre este caso, la Comisión resolvió de igual manera la improcedencia de las medidas cautelares pues, dado el periodo transcurrido y el cambio de etapa electoral a partir del 4 de abril en que iniciaron las campañas, se considera que la distribución del periódico se trata de hechos consumados e irreparables vía cautelar, sin que se prejuzgue lo que en el fondo resuelva la Sala Regional Especializada.
Ambos asuntos fueron aprobados por unanimidad de votos de las consejeras Electorales Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del consejero Ciro Murayama, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias.
rmlgv/nv