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Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), avaló los criterios elaborados por el INE para evitar la sobrerrepresentación de diputados de representación proporcional, en San Lázaro.
Con ello, ningún partido podrá contar con un número de diputadas y diputados, por los dos principios de representación existente, mayor a 8% de su porcentaje en votación nacional emitida.
La medida va dirigida principalmente a los partidos coaligados.
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Magistradas y magistrados coincidieron en que el INE no se excedió en sus funciones al emitir los criterios, que fueron impugnados por Morena y el PES.
Además, añadieron en que se trata de evitar la distorsión en la fórmula para la distribución de curules.
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