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La consejera electoral Erika Estrada, presidenta de la Comisión de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), precisó que los aspirantes a la Jefatura de Gobierno podrán hacer reuniones en lugares cerrados o abiertos o recorridos, como ya lo hacen algunos, pero procurando no caer en actos anticipados de precampaña, ni utilización de recursos públicos.
En entrevista con EL UNIVERSAL, dijo que es favorable para la salud de la democracia en la Ciudad y en el país que los partidos políticos trabajen de manera interna, por lo que su vida y sus decisiones no se cancelen durante este tiempo.
“Hay que destacar que lo que no pueden hacer en este momento los partidos son llamados expresos al voto, así lo dice nuestra legislación en el Artículo 4, apartado C, Fracción II de nuestro Código Electoral; estas personas que deseen postularse a un cargo de elección popular tampoco pueden promover las plataformas de los institutos políticos y no pueden hacer promesas de campaña”, indicó.
En este sentido, comentó que si los aspirantes son servidores públicos hay un estándar más alto de reglas por cumplir, porque tienen acceso a los recursos humanos o económicos y de programas sociales, por lo que hay que poner mucho ojo “a que en su calidad de servidores públicos no hagan uso indebido de estos recursos para favorecer su aspiración”.
Detalló que hay que lograr un equilibrio para que desde el cargo no promocionen su persona, sino que rindan cuentas a la ciudadanía, pues ya vienen sus informes de gobierno.
“La línea es muy delgada, es complicado el tema porque hay que estar analizando todo lo que se dijo, cómo se dijo, si hubo recursos humanos o materiales aprovechando el cargo; entonces, lo relevante es ir al caso concreto y analizar cada uno de ellos, de acuerdo con lo que se vaya presentando”, sostuvo la consejera.
Comentó que hay varias herramientas para quejarse por estas conductas: obviamente la denuncia directa; también el IECM puede solicitar información para ver si hay una alerta que indique una promoción personalizada; y en un ejercicio de comunicación con la ciudadanía y los medios de comunicación para orientarlos sobre los criterios y la libertad de expresión que se puede hacer.
Erika Estrada recalcó que en este tiempo, hasta el inicio de las precampañas el 5 de noviembre, la vida interna de los partidos políticos no se cancela.
“No se cancela que ellos tengan vida interna, ni que tengan la posibilidad de estarse organizando, incluso si hablamos de salud democrática, es bueno que los partidos políticos tengan este tipo de reuniones, lo que hay que cuidar mucho es qué sucede en esas reuniones, si verdaderamente son ejercicios con la militancia para informarles cómo están trabajando, cómo van a proceder, cuál es el proyecto político y, en general, la construcción de una agenda, o si se transforman en actos propagandísticos para posicionar a una persona frente a la ciudadanía”, dijo.
Subrayó que esto no será un tema menor, por lo que estarán sujetos al valor probatorio, pero, sobre todo, a las declaraciones que hagan los aspirantes, el tipo de concurrencia que tengan estos eventos y la presencia también de algunas otras autoridades.
La consejera argumentó que normativamente no existe una prohibición a las playeras, mantas o bardas a favor de algún aspirante, por lo que tienen qué analizar todos los elementos para saber si se violenta alguna norma electoral.
Recordó que hay conductas que pueden ser consideradas como actos anticipados de precampaña o de campaña, uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada, y que las sanciones van desde una amonestación pública, multas económicas y, en el último de los casos, la pérdida del registro.
Sostuvo que como instituto investigan, pero no les toca resolver el fondo o sancionar, pues esto le toca al Tribunal Electoral. “Nosotros integraríamos un expediente con fotografías, videos, audios, información de redes sociales, imágenes, todo lo que veamos en este tipo de eventos y le tendríamos que pasar el expediente al Tribunal local”, que sería el que determinaría si existe o no una violación a la norma”.