Más Información
Pifia ortográfica se cuela en transmisión del debate sobre CNDH; “Dictamen a discución” pasa desapercibido en Canal del Congreso
Delegación mexicana va a la COP29 en Azerbaiyán; promoverá “política ecológica y ambiental humanista” de Sheinbaum
Los magistrados de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en Toluca revocaron el acuerdo de coalición de los partidos políticos Morena, del Trabajo (PT) y Encuentro Social (PES) , con la que postularían candidatos en 44 distritos de diputaciones locales y 119 ayuntamientos para contender en julio próximo.
Resolvieron lo anterior, pues consideran que Morena firmó la coalición del Estado de México con un convenio genérico para otros estados y no uno específico para la entidad mexiquense.
Los integrantes del Tribunal analizaron el recurso ST-JRC-20/2018 presentado por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) contra la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) contenida en dos expedientes (RA/8/2018 y RA/9/2018), mismos que integran el acuerdo IEEM/CG/20/2018 mediante el cual fue registrado el Convenio de Coalición Parcial " Juntos Haremos Historia ", celebrado por los partidos de Morena, PT y ES.
Los partidos políticos tienen cinco días para subsanar la deficiencia y presentar la documentación respectiva ante el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), además obliga a este último para que resuelva la sentencia en tres días e informe a la Sala Regional al respecto.
A principios de marzo la Sala Regional del TEPJF también anuló el convenio de coalición entre el Partido Revolucionario Institucional (PRI), Nueva Alianza (NA) y el Partido Verde Ecologista (PVEM), por considerar desproporcionada la relación entre candidaturas y el porcentaje de votos para cada partido.
Fue así como dichos institutos políticos determinaron contender solos únicamente en la elección local de julio próximo.
lsm