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El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó suspender la t ransmisión de siete promocionales de radio y televisión de los partidos Acción Nacional ( PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano (MC), en los que participan distintos candidatos a cargos públicos locales , para apoyar a su abanderado presidencial, Ricardo Anaya .
Al ser transmitidos en la pauta federal, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) consideró que podría implicar una sobreexposición de éstos frente al electorado, además de contravenir el principio de equidad en la contienda
.
En sesión extraordinaria urgente, por unanimidad de votos de las consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del consejero Benito Nacif, este órgano electoral determinó conceder las medidas cautelares solicitadas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y fijó un plazo de 3 horas, a partir de la notificación formal, para que los institutos políticos señalados sustituyan los spots: EBMGR, ENDOSOTMXV2, ENDOSOTMX, J42F TV, OF76, GRO TV y FMC20TUFCANMACVT V2.
En un comunicado, la autoridad electoral precisó que en dichos promocionales se aprecia la imagen, nombre o voz de Luis Donaldo Colosio Riojas, Enrique Alfaro Ramírez, María Alejandra Barrales Magdaleno, Rebeca Clouthier Carrillo y Miguel Ángel Yunes Márquez, quienes aspiran a cargos de elección de carácter local, aspecto que contravendría el modelo de comunicación política en procesos electorales concurrentes y generar inequidad en la contienda electoral.
Por ello, como parte del análisis de la misma queja, la Comisión declaró la improcedencia de las medidas solicitadas por el PRI respecto del promocional ENDLNT y ENDLN donde aparece y se escucha la imagen de Javier Corral Jurado, gobernador de Chihuahua, por quien, en principio, participa en su calidad de ciudadano, además de que su intervención en el spot no es preponderante.
Asimismo, se resaltó que la denuncia del PRI respecto a que aparece fumando Diego Fernández de Cevallos en algunos de los promocionales, sí bien se trata de un asunto de salud y orden público, que podría afectar los derechos de la niñez, esa imagen no es perceptible, además de que deberá formar parte de un análisis de fondo.
Improcedente cautelar contra PAN
Durante la misma sesión, la Comisión determinó la improcedente de la medida cautelar solicitada por un ciudadano en contra del PAN y Víctor Fuentes Solís, candidato al Senado de la República por ese instituto político, derivado de la difusión de videos en distintos sitios y redes sociales en internet que -a juicio del quejo- tendrían como origen la compra o adquisición de tiempos en televisión con la finalidad de posicionar indebidamente dicha candidatura.
La Comisión precisó que no existen elementos que lleven a afirmar que los denunciados compraron tiempos en radio y televisión y, por el contrario, se advierte que los videos señalados corresponden a notas periodísticas relacionadas al trabajo cotidiano de los medios de comunicación en el contexto del proceso electoral en el que se abordan temas generales y de interés público.
Además, se indicó, para encontrar el material motivo de la queja, se requiere que el interesado haga una búsqueda específica del mismo, ya que no se trata información colocada de manera preponderante, directa o desproporcionada, ni su acceso es inmediato o sencillo.