Más Información
Osiel Cárdenas, exlíder del Cártel del Golfo, recibe auto de formal prisión; enfrentará juicio por homicidio
Jóvenes mexicanos pasan más de 2 mil horas al año en el teléfono; OCDE alerta sobre su impacto en la salud mental
Sergio Gutiérrez Luna destaca aprobación de 25 reformas en la 66 Legislatura; "Un logro histórico para la 4T", señala
Secretario de Agricultura reafirma defensa del maíz blanco; "Seguiremos apoyando la producción nacional no transgénica", afirma
¿Maíz transgénero? Rubén Rocha corrige desliz durante discurso en Sinaloa; destaca importancia del maíz blanco
Sheinbaum asegura apoyo total a Sinaloa para enfrentar violencia; "Nunca los vamos a dejar solos, aquí está la presidenta"
En el primer minuto de hoy en que iniciaron las intercampañas , los partidos, las coaliciones o sus precandidatos no deberán hacer llamados directos al voto, ni a favor ni en contra de una opción política.
Los partidos podrán, a partir de este lunes y hasta que inicien las campañas el 29 de marzo próximo, promover su imagen y sus postulados; hacer cuestionamientos o plantear logros de su actividad gubernamental, además de alentar la participación ciudadana.
Los precandidatos podrán acudir a reuniones privadas y en donde se expongan temas generales y de interés público, siempre que no llamen al voto, para no incurrir en actos anticipados de campaña.
Esa falta puede ser sancionada con la negativa de registro de una postulación, según la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe).
En este periodo de intercampaña, el INE transmitirá 2 mil 205 promocionales, 245 para cada uno de los nueve partidos políticos con registro nacional.
Los contenidos que pauten los partidos o coaliciones deberán ser genéricos y no de proselitismo ni llamado al voto.
Sí se permite la difusión de propaganda política, pero su fin es presentar la ideología, principios, valores o programas de un partido político en general, “para generar, transformar o confirmar opiniones a favor de ideas y creencias, o bien, realizar una invitación a los ciudadanos a formar parte del mismo, con el objeto de promover la participación del pueblo en la vida democrática del país o incrementar el número de sus afiliados”.
Por eso la publicidad debe focalizarse a la imagen del partido político y a sus postulados contenidos en sus documentos básicos, es decir, la declaración de principios y programa de acción, así como la manifestación de ideas o críticas propias del contexto político para propiciar el debate.
En esta fase no se permite que en spots de los partidos haya difusión de propaganda electoral, promoción de los precandidatos ni de las plataformas electorales que estarán sujetas a votación.
Esto no restringe que los medios de comunicación continúen con sus tareas de análisis y discusión sobre las propuestas.
“Los medios de comunicación podrán realizar entrevistas y difundir piezas noticiosas sobre los partidos políticos, coaliciones, precandidatos y candidatos postulados, con respeto absoluto a la equidad y a las disposiciones sobre la compra o adquisición de tiempo aire en la radio y la televisión”.
También sigue garantizada la libertad de expresión de los precandidatos y candidatos, así como el derecho de los medios de comunicación para ejercer su labor periodística al realizar entrevistas y programas de discusión sobre temas políticos.
Es válido que se tantos los partidos como los precandidatos incluyan en sus spots o entrevistas, referencias a cuestiones de interés general y con carácter informativo, mientras no se haga uso explícito de llamados a votar a favor o en contra o referencias expresas a candidatos y plataforma electoral del partido político que difunde el promocional.
INE SE PREPARA PARA ARBITRAJE
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE atenderá todas las querellas que se promuevan por presuntos actos anticipados de campaña y su actuación se regirá conforme a los criterios establecidos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), según los cuales, para que un acto constituya acto anticipado de campaña , se deben cumplir tres requisitos:
* Que se dé el elemento personal, es decir, que los realicen los partidos políticos, así como sus militantes, aspirantes, precandidatos o candidatos;
* Que se acredite el elemento temporal, que implica que acontezcan antes, durante o después del procedimiento interno de selección de candidatos y previamente al registro constitucional de candidatos.
* Además se debe configurar el elemento subjetivo, que implica que la propaganda o acto denunciado tenga el propósito fundamental de presentar la plataforma de un partido político o coalición o promover a un candidato para obtener el voto de la ciudadanía en la jornada electoral.
¿QUÉ ES LA INTERCAMPAÑA?
De acuerdo a la ley, es el periodo que va desde el día siguiente al que terminan las precampañas (en este caso el 11 de febrero pasado) y el día anterior al inicio de las campañas es decir el día 29 de marzo, pues inician el 30 de ese mes.
La intercampaña no es un periodo para la competencia electoral y tiene como propósito “poner fin a una etapa de preparación de los partidos de cara a la jornada electoral y abre un espacio para que se resuelvan posibles diferencias sobre la selección interna de candidatos a elección popular”.
lsm