El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (Inai) ordenó al PRD dar a conocer el monto total erogado por difusión de spots, actividades, programas, informes o cualquier otro concepto, a través de las redes sociales, durante enero de 2018 .

La información deberá estar desglosada por red social, actividad promocional y fecha de difusión, así como los nombres de las empresas a las que se les encargó el manejo de las plataformas digitales y los contratos correspondientes.

En respuesta a la solicitud de acceso, el PRD , a través de su Secretaría de Finanzas, dijo que tenía registrado el contrato número SF-DJ-016/18 , suscrito con la empresa Consultoría Fílmica , S.C., por la producción audiovisual de dos spots en formato digital Full HD, los cuales fueron transmitidos en radio, televisión y medios electrónicos, por lo tanto, lo ponía a su disposición.

Inconforme, el particular presentó un recurso de revisión ante el INAI , mediante el cual señaló como agravio que la información entregada estaba incompleta.

En alegatos, el PRD indicó que, tras una revisión a la respuesta emitida, se pudo constatar que, por un error en el escaneo, el documento que se remitió, resultó incompleto.

El PRD modificó su respuesta original y proporcionó el vínculo electrónico: arrendamiento, en el cual se tiene acceso a la versión íntegra del mencionado contrato, suscrito el 5 de enero de 2018, mediante el cual la empresa consultora recibiría 780 mil 680 pesos, por la producción de los dos spots.

Además, facilitó el vínculo: , en el que dijo, se podía consultar el material audiovisual difundido, así como el resto de la información solicitada.

En el análisis del caso, la ponencia del comisionado presidente Francisco Acuña , señaló que, de una revisión a la dirección electrónica: , se pudo observar que únicamente se pueden visualizar los materiales audiovisuales difundidos y no así, la información solicitada.

Aunado a ello, el PRD dio cuenta con otras áreas administrativas que pueden conocer de lo solicitado, como la Comisión de Auditoría del Comité Ejecutivo Nacional y la Secretaría de Comunicación .

Se recordó que los gastos de propaganda efectuados por el partido, precandidatos y candidatos realizados durante el período de precampaña, campaña u ordinario en los ámbitos federal y local por concepto difusión de mensajes e imágenes de radio, televisión y otros medios para efectos de su elaboración y difusión, se deberán informar a la Secretaría de Finanzas , de manera inmediata, ya que en caso de incumplimiento, se harán acreedores a las infracciones establecida en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales .

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