Más Información
Identifican nacionalidad de los 6 migrantes muertos en persecución por Ejército en Chiapas; tres de ellos eran de Egipto
Canciller designa a Jorge Islas como Coordinador General de los Consulados de México; "será clave para consolidar esfuerzos"
En “fast track”, Senado amplía nombramiento de Juan Paullada como consejero de Pemex; había sido propuesto por AMLO
Senadora del PRI exhorta a Sheinbaum atender crisis en Sinaloa; "Chapitos" y "Mayitos" afectan familias, afirma
El pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que los alcaldes que pretendan reelegirse en el estado de Morelos deberán separarse de sus cargos en abril , es decir, 90 días antes de la elección del 1 de julio.
Así, revocó la convocatoria emitida por el Organismo Electoral Local que establecía la obligación de los presidentes municipales debían solicitar licencia, en caso de aspirar a reelegirse, con 180 días de anticipación, es decir, el próximo 2 de enero, pues esa temporalidad sería restrictiva para el ejercicio de sus derechos políticos.
En el caso de los ciudadanos que ocupan los cargos de sindico o diputado local no tienen obligación legal de separarse de sus funciones si buscan la reelección, resolvieron los magistrados.
Así el TEPJF resolvió la contradicción legal sobre el asunto, ya que la Constitución local fue reformada en abril, pero en diferentes apartados estableció la obligación de solicitar licencia tanto 90 como 180 días antes de la elección.
En la sesión pública el Tribunal ordenó al Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana ajustar los lineamientos que deben seguir partidos y candidatos en términos de reelección.