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Al terminar las precampañas, el próximo 12 de febrero y hasta el 30 de marzo, los aspirantes presidenciales no podrán utilizar 6.8 millones de promocionales de los partidos políticos que los postulan y deberán restringir algunas de sus actividades para evitar incurrir en actos anticipados de campaña.
El consejero electoral, Marco Antonio Baños, explicó que ningún aspirante podrá aparecer en la pauta de los partidos políticos porque así lo establece la normativa electoral.
No obstante, explicó que aún pueden aparecer en los medios de comunicación y dar entrevistas siempre y cuando eviten llamar al voto y plantear propuestas encaminadas a obtener la simpatía del electorado.
“Efectivamente no pueden aparecer en la pauta de los partidos, no pueden realizar reuniones públicas con los partidos políticos en los que haya la intención de llamar al voto, sí pueden realizar entrevistas con medios de comunicación”, indicó.
Baños Martínez detalló que debido a una posible confusión por tratarse de precandidaturas únicas, existe una percepción de que aunque se dijera que los mensajes estaban dirigidos a la militancia hubo una campaña anticipada.
No obstante afirmó que el Instituto Nacional Electoral (INE) vigilará en este periodo que los presidenciables cumplan con la normativa electoral y no realicen llamados al voto o actividades restringidas.
Con relación a las redes sociales, el consejero electoral dejó claro que aunque pueden expresarse libremente en éstas, no pueden llamar a votar: “Hay que tener mucho cuidado de que no sean utilizadas para el llamado al voto. No son salvoconductos para que puedan hacer expresiones fuera de la legislación”, refirió.
La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) establece las conductas que definen el acto anticipado de campaña y las actividades válidas durante precampañas y campañas.
De acuerdo con el artículo 3 de esta normativa, se considerarán actos anticipados aquellos “que se realicen bajo cualquier modalidad y en cualquier momento fuera de la etapa de campañas, que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor de una candidatura o un partido, o expresiones solicitando cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso electoral por alguna candidatura o para un partido”.
En el artículo 242, la legislación plantea que las actividades válidas en campaña son actos como reuniones públicas, asambleas, marchas y aquellos actos en los que los abanderados o voceros de los partidos políticos se dirigen al electorado con el fin de promover sus candidaturas.
Sólo durante campañas pueden hacer propaganda electoral con escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones con la misma intención de obtener votos.
De tal forma que los aspirantes a cualquier cargo de elección popular podrán acudir a eventos, reuniones pero no de sus partidos ni públicas, ni podrán promover su candidatura. Tampoco podrán hacer propaganda ni escrita ni grabaciones o expresiones para obtener votos. Sí podrán dar entrevistas a medios de comunicación o acudir a foros sin promoverse.
En lo que corresponde a los partidos políticos, deberán difundir mensajes genéricos, es decir, contenido institucional en el que no se promocione la figura de alguno de sus aspirantes.
Apoyo indebido: expertos. Roberto Duque Roquero, académico de la UNAM, dijo que en realidad no les afecta el no aparecer en los promocionales porque la legislación establece el periodo de las campañas.
Sin embargo, advirtió que fue indebido el beneficio que obtuvieron Ricardo Anaya Cortés, aspirante de la coalición Por México al Frente; José Antonio Meade Kuribreña, impulsado por la alianza Todos por México, y Andrés Manuel López Obrador, de Juntos Haremos Historia.
“No salen perjudicados, para eso existen las campañas electorales, fue indebido el beneficio que obtuvieron Anaya, Meade y López Obrador al haberse permitido la transmisión ilegal de estos promocionales.
“En el periodo de intercampañas está claramente prohibida esta aparición de precandidatos en los spots. Esto aplicaba también para la fase de precampañas en el sentido de que los precandidatos, especialmente si se trata de aspirantes únicos, no debían, legalmente hablando, figurar en estos anuncios”, detalló.
Agregó que con el criterio del tribunal de permitir la aparición de los precandidatos en promocionales, el más beneficiado fue Meade Kuribreña, quien logró posicionarse: “Estamos en una simulación institucionalizada de la que participan autoridades electorales y actores políticos, porque para todo propósito práctico estas precampañas han sido campañas”, dijo.
Refirió que esto genera inequidad respecto de los aspirantes independientes: “Es brutal y evidente [la inequidad], los millones de spots que han tenido disponibles los precandidatos postulados por los partidos, es una contravención al principio constitucional de equidad en la contienda”, aclaró.
El politólogo Salvador Mora explica que el periodo de intercampaña, en el que no utilizarán los spots, no les debe afectar, puesto que ese lapso debe usarse para posicionar de alguna forma la ideología del partido y temas generales de cada organismo político.
Coincide en que los actores políticos hicieron uso de la interpretación del tribunal electoral para poder aparecer en los spots, como un mecanismo para posicionarse.
“Las encuestas nos han mostrado que el posicionamiento del candidato del PRI y PVEM ha tenido un impacto mayor en cuanto a que logró posicionarse en un tercer lugar por el tiempo que llevaba en el proceso”, explicó Mora.
Detalló que desde el 12 de febrero y hasta el 30 de marzo no deben aparecer en los spots del partido, pero sí pueden dar entrevistas pueden aparecer en medios de comunicación brindando una opinión o asumiendo un papel en cuanto influenciar la agenda diaria: “Si hay un medio que se presta, esto no implica que vamos a encontrar un silencio total de los candidatos a la Presidencia, después de todo, la garantía del derecho a la información existe”, añadió.
Luis Miguel Carriedo, politólogo de la UNAM y especialista en comunicación política, detalló que las precampañas fueron diseñadas para que se desahogaran procesos de selección interna de los partidos, incluso se votaba de forma abierta y la propia reforma electoral de 2007 diseñó un periodo especial para ese fin.
Destacó que los aspirantes conocen las consecuencias que habría de hacer llamados expresos al voto, que es lo que la ley establece como condicionante para incurrir en acto anticipado de campaña.
Cobertura informativa. Según el sexto informe del Instituto Nacional Electoral relativo al monitoreo de la cobertura en medios de las precampañas, Andrés Manuel López Obrador concentra 39.9% del tiempo de transmisión; el aspirante José Antonio Meade, 34.5%, y Ricardo Anaya, 25.4%. El tiempo total dedicado a precampañas fue de 294 horas 26 minutos.