Elecciones 2018

Anula Trife convenio de candidaturas en Tabasco

Se anuló el convenio de candidatura común para diputados locales y alcaldías firmados por el PT y Morena, y le otorgó un plazo de 10 días para tratar de concretar una coalición donde este incluido el PES

Foto: Archivo/ EL UNIVERSAL
24/05/2018 |18:03Leobardo Pérez Marín / Corresponsal |
Leobardo Pérez Marín
Corresponsal en TabascoVer perfil

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)

anuló el convenio de candidatura común para diputados locales y alcaldías firmados por el PT y Morena, y le otorgó un plazo de 10 días para cumplir con la ley y tratar de concretar una coalición donde este incluido el PES, tal y como lo acordaron para la candidatura a gobernador donde sí van juntos.

Fue el PRD, quien se inconformó ante el registro que el Tribunal Electoral de Tabasco (TET

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) y el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), afirmando el representante electoral, Javier López Cruz, que desde un principio consideraron ilegal que Morena y PT , signaran candidaturas comunes en 20 diputaciones y 16 alcaldías, cuando la ley señala que solo podían hacerlo en el 25 por ciento de los cargos.

Ante esta impugnación, el TEPJF estimó que tanto el Tribunal local como el IEPCT,

indebidamente validaron el registro de un convenio de candidatura común que, en realidad, constituía una coalición porque se postulan más del 25 por ciento de candidaturas en un mismo proceso electoral, “además, viola el principio de uniformidad, pues se permite la existencia de coaliciones distintas en un mismo proceso, tomando en cuenta que el supuesto convenio de candidatura común se integra por dos de los tres partidos que suscribieron un convenio de coalición a la gubernatura”, señaló la Sala Superior.

El pleno determinó que le asistía la razón al PRD cuando afirma que una coalición y una candidatura común no pueden ser registradas bajo la misma denominación en una misma contienda electoral, pues con ello se generaría incertidumbre y dificultad para que la ciudadanía identifique con facilidad qué partidos integran cada una de ellas, particularmente si las conforman algunos de los mismos institutos políticos.

Finalmente, la Sala Superior modificó la sentencia impugnada y dejó sin efectos los acuerdos por los que el Instituto local aprobó el registro de candidatura común para la elección de diputaciones y ayuntamientos por el principio de mayoría relativa, así como las postulaciones respectivas y le otorgó a los partidos políticos involucrados un plazo de 10 días para cumplir con las reglas previstas en la legislación local y las establecidas en la sentencia.

El secretario ejecutivo del IEPCT, Roberto Félix López , señaló que la única salida que tienen ahora el PT y Morena es que solo postulen candidaturas comunes en 5 distritos y 5 alcaldías, o bien logren convencer al PES y se concrete una coalición como lo hicieron en la nominación del abanderado a la gubernatura, Adán Augusto López Hernández , el cual es impulsado por los tres institutos políticos.

Es importante mencionar, que en las candidaturas a presidentes municipales y diputaciones, los tres partidos que integran la coalición estatal “Juntos Haremos Historia” no lograron un acuerdo y en el caso del PES se fue solo, en tanto que el PT y Morena pretendían ir en candidaturas comunes en 16 de los 17 ayuntamientos y en 20 de los 21 distritos locales, pero ahora no podrán hacerlo.