El Departamento de Transporte de Estados Unidos propuso una ley que hace una distinción entre animales de servicio y de apoyo emocional . Para este último rubro, además, permitiría a las aerolíneas imponer restricciones a la hora de volar.
El documento fue dado a conocer a través de Regulations.gov, un sitio web oficial donde los ciudadanos estadounidenses pueden dar a conocer su opinión respecto a diversos temas, la cual es tomada en cuenta en el proceso de aprobar leyes. La nueva propuesta estará disponible por 60 días para que el público someta su opinión.
Uno de sus cambios esenciales es que define a los animales de servicio como “perros individualmente entrenados para trabajar o realizar tareas en beneficio de una persona con discapacidad”. Es decir, deja fuera a cualquier otra especie animal.
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La ley también diferencia los conceptos de animales de servicio y de apoyo emocional . Las aerolíneas tendrían permitido considerar como “mascotas” a los animales de apoyo emocional; por lo tanto, podrían impedir que vuelen en cabina de pasajeros.
Las líneas aéreas también podrían limitar el número de animales de servicio a bordo, así como restringir su tamaño y exigir comprobantes de entrenamiento, explica la BBC. Sin embargo, no tendrían permitido hacer distinciones por razas caninas.
Esta propuesta de ley va en contra de otra norma propuesta en agosto pasado, la cual señalaba que las aerolíneas no podían restringir a los pasajeros de viajar con animales de apoyo emocional , ni prohibir una raza o especie en específico.
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Existe un debate sobre el tema, pues sobrecargos y otros pasajeros se han quejado del comportamiento que presentan los animales a bordo. También se han presentado incidentes; por ejemplo, una sobrecargo fue mordida por un perro de apoyo emocional el año pasado.
Otro problema es que las aerolíneas comienzan a dudar si realmente en todos los casos se trata de animales de apoyo emocional o es una estrategia de algunos pasajeros para evitar tarifas extra o documentar a sus mascotas. Se han presentado viajeros con ardillas o un pavorreal, presentándolos como animales de apoyo.
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En México
Según la norma NOM-EM-121 de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, solo los animales de servicio (incluyendo perros lazarillos y animales de apoyo emocional ) pueden viajar en cabina de pasajeros, sin cargo alguno. La excepción son los animales “potencialmente peligrosos” y los perros braquicéfalos (de cráneo u hocico muy corto), por el riesgo que implica volar para ellos.
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