Fue el 1 de agosto del 2018 cuando la esgrimista mexicana Paola Pliego presentó una demanda por "daño moral" ante el juzgado Décimo Cuarto de lo Civil en la Ciudad de México contra la Conade, la Federación Mexicana de Esgrima y el Comité Olímpico Mexicano, argumentando negligencia en el proceso de dopaje (que resultó ser un falso positivo), mismo que le hizo no poder participar en los Juegos Olímpicos de Río 2016 en Brasil.
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Esta demanda siguió su curso y el 21 de enero del 2020, el juez a cargo de este caso absolvió tanto al COM como a la Federación de Esgrima, dejando sólo a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte como la instancia en la que se encontraba el "Laboratorio Nacional de Prevención y Control de Dopaje".
Esto último ha hecho que el caso se resolviera a favor de la deportista, haciendo que la Conade pague una indemnización "por concepto de daño moral" de 15 millones de pesos, además de una indemnización "por concepto de daños y perjuicios cuantificables en la ejecución de la sentencia y pago de costas en la primera instancia".
En el comunicado en que fue revelada esta información se mencionó que la sentencia "fue impugnada y al día de la fecha después de agotar todas las instancias legales se encuentra firme, por lo que se dará cumplimiento por parte de la CONADE".
La sentencia no implicará erogar recursos públicos, pues esto es cubierto con el amparo de la póliza de seguro por responsabilidad profesional con la que Conade cuenta.
"Es de precisar que las autoridades deportivas de la Comisión han acatado y acatarán en sus términos todas aquellas resoluciones que sean emitidas por las diversas autoridades administrativas y judiciales", agrega el comunicado.