Hace unos días, Isaac Macip, director de Comunicación Social de la , informó a la prensa cultural, a través de mensajería instantánea, que la secretaria no ha convocado a sus cada vez más esporádicos encuentros con los periodistas por la , que concluye el próximo 10 de abril por la Revocación de Mandato. También dijo que la funcionaria “logró una excepción” y “pues la actividad y agenda cultual no debe detenerse en el país”, por lo que advirtió que seguirán haciendo anuncios y eventos a los que convocará a la prensa, pero que los encuentros continuarán después de la veda. ¿A qué se referirá con que “logró una excepción”?, ¿cuál es la diferencia entre anunciar algo a la prensa en conferencia virtual y hacer difusión de los logros a través de redes sociales y páginas oficiales? Y es que, como le contamos hace unos días, el Artículo 35 constitucional dice que cualquier ente de gobierno “sólo podrá difundir las campañas de información relativas a los servicios educativos y de salud o las necesarias para la protección civil”. La secretaria no sólo ha inaugurado infraestructura, también ha anunciado firmas de convenios con otras dependencias como la Función Pública y ha enarbolado las decisiones del Presidente de la República. ¿Quién le otorgaría tal excepción? Si Macip lo informó como un “logro”, ¿qué tuvo que hacer o decir para conseguirlo?

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