La llegada de a como embajador aún es incierta, pues falta que desde México sea aprobada en el Senado de la República la postulación hecha por el presidente , en tanto que el país centroamericano podría negarle el beneplácito o bien, si ya se le dio, se le puede retirar y no está obligado a revelar los motivos de su negativa, esto de acuerdo con lo establecido en legislaciones de derecho internacional, explicó un especialista.

“De conformidad con el derecho y la práctica diplomática, Panamá puede negar el agrément (beneplácito) al embajador designado o en caso de que ya haya sido otorgado, retirarlo. En este sentido, el derecho internacional es bastante claro. Según el artículo 4 de la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas de 1961, el Estado acreditante (México en este caso) debe asegurarse que la persona que se proponga en acreditar como jefe de la misión ante un determinado Estado tenga el asentimiento de ese Estado (Panamá). El mismo artículo dispone que el Estado receptor (Panamá en este caso) no está obligado a expresar al Estado acreditante (México) los motivos de su negativa en otorgar dicho beneplácito”, señaló Alonso Illueca, abogado y profesor de derecho internacional, en su columna “El agrément y la práctica diplomática”, publicada en La Prensa de Panamá.

Esta polémica de Pedro Salmerón surgió el pasado lunes 17, cuando la Secretaría de Relaciones Exteriores informó que “el presidente de la República, en uso de las facultades que le confiere el artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ha resuelto proponer a consideración del Senado de la República la designación de nuevos titulares en diversas representaciones de México en el exterior, perfiles todos con trayectorias relevantes en el servicio público”.

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Entre esas propuestas hechas por el titular del Ejecutivo se encuentra “Pedro Agustín Salmerón, doctor en Historia por la UNAM y experto en Historia de México, a la embajada de México en Panamá”. Sin embargo, la postulación de Salmerón generó críticas en el país y también en Panamá, pues ha sido señalado de acoso sexual contra estudiantes del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) e integrantes del partido Movimiento de Regeneración Nacional Morena (Morena).

Illueca indicó que “la práctica diplomática va en la misma línea que el derecho diplomático, en el sentido de que previo a cualquier nominación de un jefe de misión, es necesario obtener el agrément del gobierno del Estado en donde estará acreditado”.

“En el caso en cuestión, el nombramiento presidencial del embajador mexicano en Panamá debe ser sometido al Senado mexicano para su ratificación. Por su parte, Panamá puede, en cualquier momento, negar el agrément o, en caso de que haya sido otorgado previamente, retirarlo, sin necesidad de ofrecer explicaciones. El retiro del agrément se puede hacer siempre y cuando la persona designada no esté en el territorio del Estado receptor, pues de así serlo, correspondería, entonces, una declaratoria de persona non grata. También se podría solicitar que se retrase su llegada y se retire, posteriormente, su nombramiento”, dijo el experto en derecho internacional.

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En medio de toda esta situación, han surgido diferentes pronunciamientos de fundaciones y colectivas feministas tanto de México como de Panamá, uno de ellos fue suscrito por más de 300 mujeres, colectivas y aliados feministas en el que le pidieron al Presidente López Obrador, a Marcelo Ebrard, secretario de Relaciones Exteriores, y a los miembros del Senado de la República “congruencia” y retirar la postulación de Pedro Salmerón como embajador de México en Panamá.

Sin embargo, en un primer momento, el presidente mexicano dijo: “No existe, según entiendo, una denuncia formal, legal, y hay que esperar a que se presenten las pruebas en este caso (…) vamos a esperar que haya información, que haya pruebas, para no adelantarnos”.

En Panamá, Erika Mouynes, ministra de Relaciones Exteriores, fue cuestionada el pasado lunes y dijo: “La cancillería panameña ya manifestó su posición a la cancillería mexicana por los canales diplomáticos que corresponden”.

¿Cuál ha sido esa posición?, se le cuestionó a la funcionaria: “Ya la cancillería mexicana está al tanto de la posición de la cancillería panameña”, indicó, aunque se le insistió si están en desacuerdo con esta designación: “Ya se manifestó la posición de la cancillería panameña, la cancillería mexicana está al tanto desde el momento en que fuimos notificados de esta designación”, atajó.

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Tras esas declaraciones, el Presidente dijo ayer desde Palacio Nacional que “no se ha enviado todavía la solicitud (para el beneplácito de Salmerón). Me llamó la atención de que ya esté respondiendo” y negó que vaya a reconsiderar su postulación, “porque nosotros consideramos que es una persona capaz. Ya lo dije la vez pasada, es uno de los mejores historiadores de este país”.

Aun así, dijo Alonso Illueca, “el Estado receptor no está legalmente obligado a hacer públicas las razones de su negativa en otorgar el agrément o su decisión de retirarlo, la práctica internacional favorece que se observe cierta discreción. No obstante, si se trata de una designación que va en contra de un principio fundamental de la política exterior del Estado, es natural que se ofrezcan las explicaciones correspondientes”.

“Precisamente, es en cuestiones de importancia fundamental o de naturaleza sensitiva para el Estado, en donde, en ocasiones, se amerita una desviación de la práctica diplomática usual, pues está en el interés del Estado ofrecer una postura clara y contundente al respecto. En el caso de Panamá, la designación del embajador mexicano parece estar en conflicto con una de las líneas centrales de su política exterior, la inclusión y la igualdad de género. La pregunta, entonces, es si esta situación amerita, a juicio de los órganos rectores de nuestra política exterior, una desviación de la práctica usual y un posicionamiento inequívoco en pro de los derechos de la mujer”, planteó Illueca.

fjb

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