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Pese a lo estipulado en el Estatuto General del Centro de Investigación y Docencia Económicas ( CIDE ), la directiva de esa institución afirmó que las reformas aprobadas esta mañana sí fueron legales y que no se llamó al Consejo Académico porque la propuesta no vino del director general, sino del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología ( Conacyt ), lidereado por María Elena Álvarez-Buylla .
Durante una reunión, este lunes, Álvarez-Buylla realizó reformas al Estatuto del CIDE. Fue su segundo intento, el primero fue el pasado 14 de enero, cuando la funcionaria convocó a la Asamblea General de Asociados —conformada por el gobierno federal, representado por el Conacyt, las secretarías de Educación Pública, Hacienda y Crédito Público; Energía y Economía; así como El Colegio de México, el Fondo de Cultura Económica y el Banco de México— para reformar diferentes artículos del Estatuto General CIDE.
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Ambas convocatoria de Álvarez-Buylla fueron calificadas de ilegales, pues el Estatuto General del CIDE establece en el artículo 42, fracción V, que entre las facultades y obligaciones del Consejo Académico está el “conocer y aprobar toda modificación a los Estatutos de la Asociación, previo a su sometimiento por el Director General al Consejo Directivo y a la Asamblea General”, y aunque ese procedimiento no se llevó a cabo, el CIDE dijo que todo fue legal.
“En la sesión de la Asamblea se dejó en claro que en este caso no se actualizó el supuesto y necesidad de recabar la aprobación del Consejo Académico, ya que la intervención de esa instancia esta referida a iniciativas que se presentan desde la Dirección General del CIDE. Ello, como se explicó antes, porque la propuesta de reforma en cuestión fue presentada por el Conacyt, en su calidad de Asociado y miembro del Órgano Supremo y no por la Dirección General del CIDE, que es una instancia administrativa y no forma parte de la Asamblea de Asociados”, dijo el CIDE en un comunicado firmado por José Antonio Romero Tellaeche , designado por Álvarez-Buylla como director del CIDE, para el periodo 2021-2026.
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Las reformas al Estatuto General del CIDE se dieron en los artículos 29, 30, 34, 36 y 37, y se hicieron, aseveró el CIDE, para “evitar futuros problemas de interpretación en “la precisión del alcance de la intervención del Consejo Directivo en el procedimiento, por el cual la Dirección General de Conacyt y coordinadora sectorial del CIDE, designa y nombra al Director General de dicho Centro”, “la homologación de los requisitos de elegibilidad entre los cargos de Dirección General y Secretaría Académica y de Vinculación” y “la especificación de que la facultad de representación de la Secretaría de Vinculación ante instituciones públicas, privadas o sociales, nacionales o extranjeras, se lleve a cabo a solicitud de la Dirección General del CIDE”.
melc