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Oficializan la creación de la “Comisión Presidencial para definir e implementar alternativas jurídicas y administrativas, que permitan apoyar con recursos públicos a escuelas indígenas que tienen por objeto desarrollar una educación y formación musical ”.
La creación de la Comisión Presidencial se hizo oficial hoy con la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación , documento en el que se explica que el desarrollo de la educación y formación musical se dará en instituciones con principios comunitarios.
Entre algunas instituciones con principios comunitarios, se encuentra el Centro de Capacitación Musical y Desarrollo de la Ciudad Mixe (Cecam).
Además del desarrollo de la educación y formación musical, la Comisión deberá “diseñar y, en su caso, implementar metodologías que permiten el apoyo continuo y efectivo para la operación de las escuelas o centros de desarrollo”.
El organismo sesionará de forma ordinaria y de forma extraordinaria “cuantas veces sea necesario, previa convocatoria de su presidente o de su secretario técnico”.
La Comisión estará integrada por las secretarías de Cultura, de Hacienda y Crédito Público, Bienestar, de la Función Pública y de Educación; así como el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas.
En el decreto se establece que la Secretaría de Cultura será la dependencia que encabezará la Comisión, además de que los miembros ejercerán cargos honoríficos, por lo que no recibirán retribución ni compensación alguna.
En su Artículo Séptimo, el decreto establece que el presidente de la Comisión tendrá que presidir todas las sesiones, aprobar el orden del día, emitir la declaratoria de quórum para sesionar, designar al Secretario técnico y proponer los asuntos y acuerdos que serán sometidos a la Comisión.
Sin embargo, en su Artículo 10, se señala que la Comisión dependerá directamente del Presidente de la República.
El decreto que entra en vigor a partir de mañana, explica tendrá una vigencia hasta el 30 de septiembre de 2024 y que la instalación de la Comisión se llevará a cabo dentro de los 15 días hábiles consecuentes a su entrada en vigor.
Como último punto, el decreto dice que las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del decreto, se cubrirán con cargo al presupuesto de las secretarías de Cultura y de Educación Pública.
fjb