La destrucción al como el que se realiza en Amalucan, Puebla, sí está penado, de acuerdo con los establecido en la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

Ayer, EL UNIVERSAL dio a conocer que en uno de los montículos señalados como “sitio prehispánico” que está ubicado en la colonia Azteca, en el municipio de Amozoc, se realizan trabajos con maquinaria pesada para remover las piedras y tierra, procesarlas y luego venderlas como grava.

Sin embargo, esa actividad es ilícita, pues la ley de Sitios y Monumentos estipula que “al que realice trabajos materiales de exploración arqueológica, por excavación, remoción o por cualquier otro medio, en monumentos arqueológicos inmuebles, o en zonas de monumentos arqueológicos, sin la autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia, se le impondrá prisión de uno a 10 años y multa de 100 a 10 mil pesos”.

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En el artículo 52 de esa misma ley también se contempla que quien “dañe o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de uno a 10 años y multa hasta por el valor del daño causado”.

El daño al patrimonio no es nuevo, pues en agosto de 2019, con maquinaria pesada, se dañaron algunas plataformas ubicadas en un terreno particular, dentro de la poligonal de protección de la Zona Arqueológica de El Tajín, Veracruz.

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Luego de los hechos, el coordinador nacional de Antropología, Pedro Francisco Sánchez Nava, dijo que ya se habían levantado las denuncias correspondientes: “Hay más de 30 denuncias penales; ahora hay que fundamentarlas, para eso se tiene que hacer un trabajo pericial, un dictamen muy profundo, y se tomen las medidas, las cuales sean realmente ejemplares para que la gente entienda que, sin importar el tipo de propiedad de la tierra, los vestigios son propiedad de la nación y tienen que ser respetados”.

Hasta el cierre de esta edición, ni el INAH ni las secretarías de Cultura federal y de Puebla habían hecho algún pronunciamiento sobre la situación en Amalucan.

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