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Marie José Tramini murió el pasado 26 de julio sin haber dejado un testamento. No existe ni en el Archivo Judicial ni en el Archivo General de Notarías ni en el Registro Nacional de Avisos de Testamento un documento que determine la voluntad de la viuda del poeta Octavio Paz. Ante este escenario y mientras se descarta la existencia de un pariente colateral hasta en cuatro grado, las instituciones culturales federal y local sostuvieron ayer una reunión para acordar mecanismos de colaboración en pro del bienestar y del resguardo de la obra del Nobel de Literatura. 

De acuerdo con un comunicado de las secretarías de Cultura federal y local, un Juez de lo Familiar determinará la inexistencia del testamento y, ante la disposición testamentaria de Octavio Paz,  El Colegio Nacional será el depositario exclusivamente de los papeles, cartas, correspondencia privada y documentos del acervo. 
La disposición testamentaria del Nobel de Literatura no atañe a los derechos de autor y los inmuebles propiedad de Octavio Paz que, según el comunicado  de ayer “deberán tener otro destino conforme a las disposiciones legales”. 

El comunicado informó que los titulares de la Secretaría de Cultura federal, del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, de El Colegio Nacional, de la Secretaría de Cultura y de la Consejería Jurídica del gobierno de la Ciudad de México se reunieron para revisar, en el ámbito de sus distintas competencias, las acciones relacionadas con la protección y el destino del archivo de Paz.

“El espíritu de la reunión partió de la idea de que el legado de Octavio Paz debe formar parte de nuestro patrimonio cultural para que pueda ser debidamente preservado y consultado en forma abierta en los tiempos que el propio poeta determinó en su testamento”, se lee en el documento. Además se tomaron los acuerdos para iniciar los trámites de la sucesión intestamentaria ante las autoridades competentes.

Con esta reunión,  el gobierno federal, a través de la Secretaría de Cultura, reconoce que en tanto no aparezca un heredero por parentesco, es la beneficencia pública la que será, según el Código Civil de la gobierno de la Ciudad de México, el heredero del patrimonio del creador.

El comunicado no explica si los derechos de autor de la obra tendrán que ser revisados bajo la Ley Federal del Derecho de Autor ni si las cuatro propiedades en la Ciudad de México ubicadas en Guadalquivir, Río Lerma, Porfirio Díaz y  Polanco, y  la de París, serán en beneficio de la sociedad. 

De acuerdo con las secretarías, El Colegio Nacional manifestó su disposición para ser depositario del acervo de acuerdo con lo manifestado por Octavio Paz en su testamento. 

“La institución refrenda así una de sus principales misiones institucionales: la de preservar la obra de sus colegiados”.
Las dependencias  de los gobiernos federal y local coincidieron en que la conservación del acervo reviste la máxima prioridad, puesto que se trata de una de las obras literarias e intelectuales más relevantes de la historia de México y del mundo, misma que permanecerá en nuestro país.

“Las instituciones refrendaron su compromiso de mantener un permanente diálogo durante todo el proceso legal y, una vez concluido, continuar con la toma de acuerdos conjuntos y mantener informada a la comunidad”, indica el documento.

La reunión fue presidida por la secretaria de Cultura, María Cristina García Cepeda, y asistieron el secretario de Cultura de la Ciudad de México, Eduardo Vázquez; el consejero Jurídico de la Ciudad de México, Vicente Lopantzi García; y el presidente en turno de El Colegio Nacional, Juan Villoro, así como Lidia Camacho, directora General del INBA.

Además, el INBA informó en la reunión que prepara la Declaratoria de Monumento Artístico de los archivos que se encuentren en los inmuebles propiedad de Octavio y Marie José Paz. 

De acuerdo con fuentes consultadas, el modelo a seguir para la declaratoria será el proceso que se realizó con la obra de Remedios Varo. 

La Comisión Nacional de Zonas y Monumentos Artísticos, que tendrá por objeto dar su opinión a la autoridad competente sobre la expedición de declaratorias de monumentos artísticos y de zonas de monumentos artísticos, se integrará, según la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicas y Zonas Arqueológicos, Históricos y Artísticos,  por el director del INBA, un representante de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; un representante de la UNAM, tres personas, vinculadas con el arte, designadas por el director General del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura.

Tratándose de la declaratoria de monumentos artísticos de bienes inmuebles o de zonas de monumentos artísticos, se invitará, además, a un representante del gobierno de la Entidad Federativa, en este caso de la Ciudad de México. Las decisiones se tomarán por mayoría de votos de los presentes y el presidente tendrá voto de calidad.

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