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GUADALAJARA, JALISCO.- La ministra Loretta Ortiz aseguró que la Suprema Corte de Justicia de México interpreta las leyes, no hace las legislaciones. “Interpretamos, nosotros no somos constituyentes, si el diseño de la norma no es el correcto, pues nosotros no podemos sustituirnos en la voluntad del constituyente; en otros países se puede hasta sustituir al Presidente de la República”, dijo la ministra al hablar de “El derecho a la información, la importancia de la transparencia en el ejercicio de gobierno”, que fue el tema del séptimo Seminario de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que realiza en el marco de la Feria Internacional de Guadalajara.
En el encuentro en el que también participaron la ministra Margarita Ríos Farjat, el ministro Alberto Pérez Dayán y la politóloga Edna Jaime, Ortiz aseguró que ella ha votado favorablemente por la transparencia y dijo que la discrecionalidad está muy lejos de lo que desearíamos, “como gobernada, porque yo también soy gobernada, los ciudadanos de este país y los que vivimos en este país si hace falta tener conocimiento de las sentencias”, esto a propósito del análisis que hizo el observatorio México Evalúa sobre la importancia de la transparencia en el ejercicio de gobierno, particularmente en la SCJN y en el poder judicial.
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Loretta Ortiz señaló que el derecho a la información, conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Datos Personales establece, afortunadamente, que donde accionamos y pedimos la información es en todos los órganos de gobierno. Pero es igual como si no hubiéramos nombrado a la consejera y hubiéramos paralizado a los juzgados y tribunales, o sea, es la razón y la existencia de garantizar los derechos fundamentales, afortunadamente no dependen de un solo órgano, pudo operar gracias a Javier Laynez, que autorizaron que funcionara con cuatro comisionados”.
Edna Jaime, dijo que el observatorio que analizó la Suprema Corte, se dieron a la tarea de intentar reconstruir todo y tratar de encontrar estos parámetros, “¿cuánto tarda?, ¿cuál es en la ruta procesal?, cuáles son y dónde se atoran? ¿dónde avanzan?, ¿quiénes son los responsables en cada fase? Fue un trabajo complejo, nos costó trabajo queridos ministros conseguir información, armar la base de datos, estuvimos en contacto con quienes nos permitió estar en contacto durante la elaboración del proyecto, yo sé que nuestros hallazgos, como dice el ministro Pérez Dayán los machucó a todos, encontramos mucha variantes en los tiempos de resolución, encontramos que había discrecionalidad, encontramos que había procedimientos que ni siquiera en la norma estaban bien definidos, un mundo de posibilidades para mejorar estos procesos dentro de la Corte y la manera en que se comunican a los ciudadanos y pienso que estamos en un momento donde hay que comunicar muy bien lo que hacen nuestros juzgadores por nosotros, que es mucho”.
El ministro Pérez Dayán dijo que de frente a un estudio tan profundo les demostró cuál es el estado de cosas en la Suprema Corte, “nos permite, de cara a la sociedad, enfrentar precisamente los retos que significa, cómo nos ven en el derecho a la información”; sin embargo discrepó en el tema de la discrecionalidad.
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“Yo no hablaría de discrecionalidad, sino de diferencias en el tratamiento de los asuntos, ¿por qué en determinados asuntos se tardaron más?, ¿cuánto es el tiempo que debe un ministro llevar a cabo todas las actuaciones de un proceso para presentar al Tribunal Pleno un proyecto de sentencia?, ¿qué tanto las instancias administrativas de la Suprema Corte o de cualquier tribunal deben tardar en programar un asunto para que este se revise?
Este foro trata de mostrar que tenemos este interés porque se conozca el trabajo que hace la Suprema Corte y los tiempos que ocupan y esa es la fortuna de la transparencia”, señaló.
Y por ello revaloró la creación del Instituto Nacional de Acceso a la Información, que es un organismo constitucional autónomo, “mucha de la importante competencia del Instituto Nacional de Acceso a la información se supedita que en caso de que no se consiga el resultado correspondiente, que es entregar la información, se pasa a la vía contenciosa y en ello el poder judicial tiene una función fundamental, pero ¿qué pasa cuando esa información no solo no es entregada sino a la propia información del Poder Judicial no fluye’, parecería que entonces el órgano más importante por dar a conocer esa información que puede obligar a los demás a darla, es el primero que la obstaculiza cuando se trata de ellos”, pero dijo que no es así y esa es la parte del análisis que buscaron en este foro en la FIL.
melc