A finales de julio, la marca alemana Puma lanzó una colección de ropa con el nombre de . Familiares de la pintora exigieron retirar del mercado las prendas en un plazo de siete días o demandarían. Un mes después, la colección sigue a la venta. ¿Cómo es esto posible si la familia de la artista lo rechaza?

Todo comenzó en 2005, cuando se constituyó Frida Kahlo Corporation por acuerdo entre Isolda Pinedo Kahlo (hija de Cristina Kahlo, hermana de Frida) con el empresario Carlos Dorado, para comercializar productos con el nombre de la pintora, cuyo monto no se ha revelado.

“Isolda vendió la marca a Carlos Dorado, de Frida Kahlo Corporation. Pero la hija de Isolda se puso a producir y tiene múltiples demandas, porque no reconoce que la familia sí vendió Frida Kahlo Corporation. Aunque un juez ya le dio la razón a la marca”, explica Hilda Trujillo, exdirectora de los museos Frida Kahlo y Diego Rivera Anahuacalli.

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Las herederas han intentado la disolución del acuerdo, pero Frida Kahlo Co. se ha negado y ha alegado que “todos los derechos presentes y futuros que tenía la señora Isolda Pinedo en relación a Frida Kahlo y todo lo relacionado con la misma fueron cedidos a Frida Kahlo Corporation posterior a la recepción de un pago de una suma importante”.

No toda la familia Kahlo está involucrada en estos litigios. Christina Kahlo tuvo otro hijo, Antonio, cuya familia no participó en la venta ni ha expresado su postura en este pleito legal.

Entonces, ¿quién puede comercializar productos sobre Frida Kahlo y sus obras? Para entender la situación, primero hay que comprender que existen tres tipos de derechos involucrados en este caso: el derecho de autor, el derecho de marca y el derecho de imagen, explican Trujillo y los abogados expertos en derecho cultural, Luis Cacho y Alberto Bremermann.

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El protector de la obra

En 1956, creó un fideicomiso en el que estableció que el Museo Anahuacalli, el Museo Frida Kahlo () y los derechos de autor de su obra pictórica y literaria y también los de Kahlo —pues era el titular de su obra—, eran donados al pueblo de México. Rivera nombró como fiduciario al Banco de México, institución que administra los fondos que provienen del cobro por los derechos de autor para la organización, conservación y administración de los museos.

El rol de esta institución como fiduciario de los derechos de autor no sólo aplica en México o instituciones públicas, pues el Banco de México posee los derechos de autor de todas las obras de Frida Kahlo y Diego Rivera, aun estando en museos del extranjero o en manos de coleccionistas particulares. Es decir, se puede poseer la obra, pero para usar las imágenes, se debe pedir permiso al Banco de México y pagar una licencia de derecho.

Pero ese no es el único permiso necesario, explica Cacho, pues la obra de Frida también está declarada Monumento artístico, conforme a la Ley federal de Zonas y Monumentos Arqueológicos, Artísticos e Históricos, por lo que se requiere autorización del Instituto Nacional de Bellas Artes para hacer uso de las imágenes de su obra. Por último, aunque no posee los derechos, hay que pedir permiso al propietario de la obra.

En la ropa de Puma, el nombre de Frida Kahlo parece ser una firma y algunas prendas incluyen la frase: “No es pecado ser original”. Al consultar si esto infringe el derecho de autor, Trujillo explica que la “firma” que usa Frida Kahlo Corporation fue diseñada por la empresa, porque la firma original de la artista también está protegida por los derechos de autor. Sobre la frase escrita, la experta considera que es apócrifa. Con respecto a las frases en general, Cacho indica que éstas no están protegidas por los derechos de autor, a excepción de si se reproducen directamente de un texto que la artista escribió “porque ahí lo que se reproduce es un documento manuscrito de Frida”.

La “fridamanía” hace tentador reproducir imágenes de su arte por todas partes, sin embargo, empresarios y admiradores tendrán que esperar hasta que se cumplan 100 años de la muerte de la artista para que toda su obra pase a ser de dominio público: esto es hasta 2054.

El tema de los derechos de autor es más claro. La única controversia que ha existido es una demanda al Banco de México por parte de la familia de Dolores Olmedo, pues dicen tener una carta en la que Rivera legó a Olmedo los derechos de autor de su obra, explica Hilda Trujillo, sin embargo, “no opera legalmente”, pues el propio Rivera cedió los derechos al fideicomiso, cuyo fiduciario es el Banco de México, recalca.

La controversia

“El Banco de México no tiene marcas que versen sobre el nombre Frida Kahlo porque no corresponden al fideicomiso”, dice el abogado Alberto Bremermann. Entonces la disputa por el nombre y la imagen del rostro de Frida Kahlo compete a los otros dos involucrados: la corporación y las familiares de la pintora. En este conflicto se habla del derecho de marca y del de imagen.

“Se presume que Frida Kahlo Corporation tiene los derechos sobre la marca Frida Kahlo. La única entidad en México y en el mundo que puede presentar derechos de marca por Frida Kahlo, es Frida Kahlo Corporation. Eso derivado a lo que ha dicho la marca a medios de comunicación, que se supone existe un contrato en el que la familia cedió los derechos”, agrega el abogado Alberto Bremermann.

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Por esta razón la marca panameña Frida Kahlo Corporation ha podido comercializar productos sobre Frida Kahlo, sin incluir alguna de sus obras, pero sí su nombre.

Aunque Trujillo aclara que la corporación sólo compró el nombre, más no la imagen ni mucho menos su “ideología”, como en algún momento declaró Frida Kahlo Corporation en una carta enviada a EL UNIVERSAL, pues no es posible comprar la forma de pensar de una persona, dice.

Y es el derecho de imagen el responsable del enredo que hubo en torno a la muñeca Barbie de Frida Kahlo. En 2018 se lanzó este juguete a nivel mundial, producido por Mattel en alianza con Frida Kahlo Corporation.

El juzgado Quinto de lo Civil de la Ciudad de México emitió una “medida precautoria” en contra de Frida Kahlo Corporation, interpuesta por los familiares, pues no autorizaron el uso de la imagen de la artista y la venta no fue posible en México. En diciembre de 2019, un juez revocó esta medida provisional, por lo que la muñeca podría ser distribuida en el país.

Esto ocurrió porque al final los derechos de imagen son de reciente creación y aún no está regulado por la ley mexicana ni en el mundo qué es lo que ocurrirá con la imagen o la voz de una persona que ya falleció.

“La familia está reclamando que sólo ellos pueden tener el control sobre el uso de la voz, imagen y apariencia de su pariente Frida Kahlo, pero todavía no tiene realmente ningún tipo de protección. Sólo el estado de California brinda ese derecho a los familiares 70 años después de la muerte de la persona. Pero es una jurisprudencia, ni siquiera es ley” explica Bremermann.

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