En este momento, académicos, abogados, universidades y asociaciones civiles se apresuran a interponer amparos (el plazo vence el próximo lunes) contra la nueva (HCTI), pues señalan que viola sus derechos.

El grupo Ciencia Plural, integrado por casi 3 mil científicos, y Uniendo Caminos México, colectivo de abogados que defiende derechos humanos, han interpuesto cerca de 30 amparos.

“Nos unimos porque la ciencia tiene relación con varios derechos humanos”, explica Juan Martínez, del Instituto de Ecología de Conahcyt. Pese a que este proceso se lleva a cabo en un ambiente de compañerismo, no todos se han decidido a emprender una acción legal por temor a represalias.

“El director adjunto del es del INAOE, entonces muchos de los que estamos en el INAOE preferimos no meternos en problemas precisamente porque vemos que en otros lados, como en el , sí hay represalias contra quienes alzan la voz”, declara un investigador del Instituto Nacional de Astrofísica, Óptica y Electrónica (INAOE), que pidió resguardar su identidad.

Centro de Investigación y Docencia Económicas. Foto: Archivo / EL UNIVERSAL
Centro de Investigación y Docencia Económicas. Foto: Archivo / EL UNIVERSAL

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Apenas a inicios de mayo llamó la atención el retiro de estímulos económicos a integrantes del Sistema Nacional de Investigadores (SNI). Un documento del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación (Conahcyt) informó a los afectados que la razón era la falta de fondos —se señalaba un déficit presupuestario de mil 432 millones 855 mil 786 pesos—. Pero en un desmentido, el propio Consejo indicó en su cuenta de Twitter que la razón por la que se le había retirado el estímulo a los investigadores era porque “establecieron un proceso jurídico”.

“Definitivamente eso no es legal”, dice Ana Correa, experta en Derechos Humanos y legislación sobre ciencias.

“Al condicionar o retirar algún tipo de apoyo público a aquellos que hayan presentado una acción legal, en ejercicio de este derecho, no sólo se vulnera la legalidad sino también la constitucionalidad”, agrega.

Esta forma de intimidación se formaliza en la Ley HCTI, fracción VII del Artículo 26, que indica que en los órganos consultivos internos a nivel local no pueden ser integrantes los científicos que hayan ejercido acción legal contra Conahcyt.

“No pueden integrar ni ser invitadas a sus sesiones, las personas que tengan procedimientos seguidos en forma de juicio o litigios pendientes de resolución o sentencia definitiva en contra de las autoridades en materia de humanidades, ciencias, tecnologías e innovación”.

Joan Ochoa, abogado de Uniendo Caminos, que lleva los amparos de los investigadores de Ciencia Plural, dice que esta parte muestra que se condicionan los derechos humanos. “Las leyes deben estar diseñadas de forma que si uno tiene inconformidad con los procedimientos, tengas mecanismos de protección, de conciliación o restauración, si no es una norma injusta”, recalca.

Aunque la Ley HCTI reitera en múltiples ocasiones que tiene por objeto “garantizar el ejercicio de derechos humanos”,

Ochoa explica que la propia norma no indica cómo se garantizan estos derechos. Incluso con la presencia de un representante de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en la Junta de Gobierno de Conahcyt (que entre sus atribuciones están la administración del presupuesto, proponer y remover altos mandos, desincorporar Centros Públicos de Investigación), no hay garantía, pues no tiene voto en las sesiones, a diferencia de los otros miembros, entre ellos, la Defensa Nacional y la Marina.

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Al respecto, Correa indica que no es ilegal, porque la CNDH sólo tiene facultades para hacer recomendaciones, pero que esta ley es una oportunidad perdida de haber mejorado la situación.

Para Ochoa, es anticonstitucional porque el Artículo 129 de la Constitución dice: “En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”.

Pero la Ley HCTI viola otros derechos, como la libertad de investigación y el acceso a la ciencia (excluye de sus apoyos a investigadores de universidades privadas). La aprobación de una ley así, dice Ochoa, de debe al fast track, sin revisiones ni debate de los senadores. Mientras que Correa indica que los legisladores desconocen la Constitución y su aplicación. Por eso, agrega, es importante pedir a la Suprema Corte revisar la constitucionalidad de nuevas leyes.

Otros casos

El caso más famoso en el que Conahcyt realizó un acto de represalia contra investigadores fue la persecución de 31 científicos y exfuncionarios del entonces Conacyt que eran parte del Foro Consultivo de Ciencia y Tecnología, acusados de delincuencia organizada. A finales de mayo se retiraron las acusaciones a cinco de ellos, pues no había elementos para sostener las acusaciones.

Gabriela Dutrénit, una de las acusadas, dice a EL UNIVERSAL que las acciones “agresivas” de Conahcyt contra sus críticos iniciaron en 2019, con la propuesta de la Ley de Ciencia. “ En ese marco sucedieron las amenazas que ella misma (María Elena Álvarez-Buylla, directora del Consejo) hizo contra el Foro Consultivo de que iba a meter una denuncia penal y finalmente la llevó a la práctica en 2020”, dice.

Otro ejemplo de represalia fue la destitución del investigador Antonio Lazcano de una comisión dictaminadora del SNI el mismo día que publicó el artículo crítico a la política científica de Andrés Manuel López Obrador, titulado “Quo Vadis, Mexican Science?”, en la revista Science, en 2019. Lazcano interpuso un amparo y tras tres años de litigio, un juez le dio la razón en 2022. Pero la demanda sigue abierta, revela el investigador:

“A la doctora Álvarez-Buylla le gusta vivir en la ilegalidad. En mi caso, los jueces no solamente dictaminaron que yo tenía razón, sino que el Conahcyt también me tenía que ofrecer disculpas públicas… las sigo esperando. Si el caso sigue abierto es por el deseo claro del Conahcyt de negarse a pedir disculpas, cosa a la que tengo derecho por ley. La doctora Álvarez-Buylla debió haber cumplido con esto inmediatamente porque las decisiones de los jueces deben cumplirse de inmediato. La que está violando la ley en este caso es Álvarez-Buylla”, subraya Antonio Lazcano.

Sobre la situación del investigador, Correa señala que la titular de Conahcyt comete desacato y que ante el incumplimiento injustificado de una sentencia de un amparo se debe proceder a separar del cargo al titular de la autoridad responsable, como se indica en el Artículo 107 de la Constitución.

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