Alrededor de 100 fideicomisos públicos, mandatos públicos y análogos del sector cultural y científico podrían quedar extintos por el decreto presidencial publicado el 2 de abril en el Diario Oficial de la Federación (DOF), pues establece los “procesos para extinguir o dar por terminados todos los fideicomisos públicos sin estructura orgánica, mandatos o análogos de carácter federal en los que funjan como unidades responsables o mandantes”.
El decreto conformado por siete artículos establece que las unidades responsables (instituciones como Banobras o Banorte) deberán concentrar “en la Tesorería de la Federación la totalidad de los recursos públicos federales” a más tardar el 15 de abril.
Además señala que quedarán excluidos los fideicomisos públicos, mandatos o análogos “constituidos por mandato de Ley o Decreto legislativo y cuya extinción o terminación requiera de reformas constitucionales o legales, así como los instrumentos jurídicos que sirvan como mecanismos de deuda pública, o que tengan como fin atender emergencias en materia de salud o cumplir con obligaciones laborales o de pensiones”.
El informe de la Cuenta Pública 2018 indica que hay 310 casos de fideicomisos, mandatos y actos jurídicos análogos sin estructura destinados a apoyos financieros, subsidios y apoyos, infraestructura, prestaciones laborales y pensiones de la administración pública federal.
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En el informe se detalla que el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) tiene 99 casos, mientras que Cultura, 14.
Se buscó a ambas dependencias para que informaran cuáles eran los fideicomisos públicos y mandatos que quedarían extintos; sin embargo, la Secretaría de Cultura no respondió, mientras que Conacyt dijo: “El decreto se publicó ayer (jueves) y al igual que el resto de dependencias de la Administración Pública Federal, en el Conacyt se está analizando el decreto a profundidad y en qué rubros podría repercutir. Sin duda, se trata de una medida tomada por el presidente Andrés Manuel López Obrador para hacer frente a la emergencia sanitaria y el momento de excepción que vive nuestro México y que requiere de la solidaridad de todas las instituciones y de las y los mexicanos”.
La explicación
Los fideicomisos públicos son contratos con los que un fideicomitente, que en este caso se refiere únicamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de una institución fiduciaria que puede ser, por ejemplo, Banobras, Banco de México o cualquier banca de desarrollo o la propia banca central, puede atender áreas prioritarias de desarrollo.
“La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal define a los fideicomisos públicos como aquel que constituye el gobierno federal para la atención de una área prioritaria de desarrollo y que cuenten con una estructura orgánica propia y un comité técnico. Y, de acuerdo con el decreto presidencial, desaparecerán todos aquellos que no cuentan con esa estructura ni el comité, que a su vez está integrado por distintas instituciones”, explicó Luis Enrique Chávez, socio director del bufete jurídico CHG Abogados Asociados, especialistas en derecho fiduciario.
El especialista recalca que el decreto sólo aplica a los fideicomisos públicos, es decir, a los que tienen como fideicomitante a Hacienda: “Si un fideicomiso no es constituido por Hacienda, no es público, y no entra en el decreto. Si hay fideicomisos que reciben recursos públicos, digamos del Conacyt, no es un fideicomiso público, sino de naturaleza pública porque el fideicomitente no es Hacienda”.
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El especialista expone el caso del Fondo de Inversión y Estímulos al Cine (Fidecine). “Debe tener su Comité integrado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como por representantes del objeto que atienden, como puede ser la Academia Mexicana de Ciencias y Artes Cinematográficas (AMACC), un representante de los productores, entre otros. Y debe tener una estructura orgánica propia, es decir, un director de área, un personal con actividades definidas, un manual de organización de cada una de las personas que lo integran. También debe tener un objetivo, si no cuenta con estas características entonces desaparecerá porque el decreto sólo hace excepción para los que atienden emergencias en materia de salud o cumplir con obligaciones laborales o de pensiones”.
Y en efecto, el Fidecine cuenta con un Comité Técnico, con un objetivo, pero no cuenta con una estructura orgánica como lo marca el decreto. Ayer la AMACC explicó en sus redes sociales que respecto a Foprocine y Fidecine, en IMCINE están “trabajando en el impacto positivo que han tenido en nuestra industria estos mecanismos, que nos han llevado a realizar nueve películas en 1997 a llegar a más de 180 películas en el 2019 y se encuentran preparando muy sólidamente la argumentación de la importancia social y económica y de que su operación se realiza con absoluta transparencia”.
Además, la Academia hizo un llamado “a conservar la calma, y esperar el anuncio de las medidas económicas que el domingo anunciará el Presidente para saber en qué modo se verá afectado el quehacer de nuestra industria”.
Sin embargo, puede haber casos de excepción en el que podría entrar el Fondo para los trabajadores por prima de antigüedad de Educal, cuyo fiduciario es Banorte, aún cuando no cuente con una estructura orgánica.
En la Cuenta Pública 2018 aparece el poco conocido Fideicomiso para apoyar la construcción del Centro Nacional de las Artes, para la “puesta en marcha y desarrollo del Cenart”. Su fiduciario es Banobras y el recinto fue inaugurado hace 25 años. “Habría que conocer su caso, pero tiene las características de ser un fideicomiso para desaparecer, quizá se mantuvo abierto porque le seguían dando recursos públicos para su mantenimiento, si este fuera el caso ya no podrá existir porque el objeto de su creación ya está extinto, pero habría que ver en qué quedaron con su Comité Técnico. Existen muchos casos como este en todo el país”, dijo el especialista.
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De acuerdo con Chávez, fideicomisos como Fidecine tienen hasta el 15 de abril para proponer una excepción ante la Secretaría de Hacienda para que pueda subsistir: “Cada caso se tendría que revisar a profundidad para que Hacienda revise los fundamentos de los fideicomisos, pero ese trabajo lo tiene que hacer la institución fiduciaria. Recordemos que el fideicomiso tiene tres figuras: el fideicomitante, que en este caso es Hacienda y es el que otorga los recursos; el fiduciario, que es el que lo administra y es el representante del fideicomiso; y el fidecomisario, que es el que recibe los recursos. Entonces son los fiduciarios los que tienen que hacer las gestiones correspondientes para que el fideicomiso pueda subsistir si no tiene estructura orgánica”.
Para Eduardo Cruz y Arturo Saucedo, ambos especialistas en legislación cultural “lo que vemos es más de lo mismo”.
“La corrupción no se toca, no hay castigo a quien haya cometido corruptelas, el gobierno sólo va por el dinero”, indicó Saucedo.