Ricardo Raphael

Trabajo del hogar: sentencia histórica

Empleadas del hogar, jornaleros agrícolas y trabajadores de la construcción experimentan hoy explotación y están desprovistos de protección social

06/12/2018 |02:06
Redacción El Universal
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¿Por qué su régimen de trabajo puede ser de doce horas diarias? ¿Por qué no cuentan con vacaciones pagadas, con jubilación o con atención médica obligatoria? ¿Por qué no tienen derecho a cotizar en el Infonavit?

El trabajo en el hogar es uno de los más discriminados en México y esta exclusión se halla inscrita en las leyes: tenemos normalizado lo anormal.

Normal es que quienes lo desempeñan laboren a horas y deshoras, normal es que la habitación más miserable de la casa sea para ellas, normal es que los salarios sean pequeños, normal también es que sean menores de edad, o es que no puedan ver a sus hijos más que los domingos, cada quince días.

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Ayer la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia dio un primer paso para señalar como discriminatorio el pesado estigma que en México pesa sobre el trabajo en el hogar: declaró como inconstitucional la ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que margina derechos de un extenso sector de la población.

Todavía hoy la ley impide que una persona dedicada a esa labor cuente con jubilación en el IMSS y, para inscribirse como beneficiaria del servicio médico, la trabajadora tiene que acudir al llamado seguro voluntario, que no sólo es más oneroso, sino también muy difícil de conseguir.

Pues por resolución de la Corte, esa anormalidad está a punto de cambiar. Dicen los ministros, que votaron por unanimidad, que no hay razonamiento objetivo por el cual las empleadas domésticas se hallen excluidas del régimen obligatorio del IMSS, que es el de la mayoría de los trabajadores en México.

Añade también que la ley conlleva a una asimetría jurídica, la cual afecta desproporcionadamente a este grupo social compuesto por más de dos millones de personas, en su gran mayoría mujeres.

Esta resolución es histórica porque, con sus razonamientos, la Corte califica como discriminatorio – desde el punto de vista laboral – el contexto en el que se desarrolla el trabajo en el hogar.

Después de esta sentencia será difícil volver a escuchar que la relación entre trabajadoras y empleadores es de orden preponderantemente íntimo o privado. Frases manidas como aquella de “es como de la familia,” pasarán al cajón de la abuelita: las empleadas del hogar son trabajadoras que desempeñan una labor remunerada, de igual manera a la que millones de otros trabajadores lo hacen.

Que sea en el hogar no lo hace un trabajo menor, irrelevante, o menospreciable. Tampoco otorga al patrón poderes extraordinarios sobre la trabajadora, ni le autoriza a tratarla con condescendencia.

Esta sentencia de la Corte rompe con una larga tradición que dejó en manos de los empleadores, y no de la ley, la suerte de sus trabajadoras. El régimen laboral donde se les ha tenido ubicadas presuponía que las cuestiones relativas a este puesto de trabajo, por ocurrir en el ámbito de lo privado – en el hogar – debía resolverse a puertas cerradas.

Por tanto, la salud, las medicinas, las prestaciones, los horarios, la alimentación, la habitación o el vestido han estado regidas por la buena (o mala) voluntad de los empleadores – por la dádiva graciosa – sin réplica ni lugar para el desacuerdo por parte de las trabajadoras.

No ha sido obligación de los patrones ofrecer condiciones justas. El uso y costumbre hasta hoy se rige por la sentencia de “lo tomas o lo dejas,” y también por el reclamo para aquella trabajadora que decide buscar mejor suerte en otro hogar.

Sería demasiado decir que con esta sentencia de la Corte todo cambiará para las trabajadoras. Sin embargo, se trata de un avance importantísimo hacia la dirección correcta: por ninguna razón las leyes deben discriminar entre puestos de trabajo.

ZOOM: Las empleadas del hogar, los jornaleros agrícolas y los trabajadores de la construcción – que en total suman más de seis millones de personas – experimentan hoy en nuestro país condiciones susceptibles de explotación y están desprovistos de protección social. Lo peor es que las leyes y las autoridades mexicanas han sido cómplices de esta realidad. La sentencia de la Suprema Corte de Justicia es histórica porque podría cambiar esta realidad.

www.ricardoraphael.com@ricardomraphael