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En estricta aplicación de la Constitución y de la Ley General de Partidos Políticos, el PRD, el Verde y Movimiento Ciudadano también deben perder su registro como partidos políticos nacionales, tras el resultado de las elecciones federales del pasado primero de julio.
El INE confirmó el lunes que Encuentro Social y Nueva Alianza lo perdieron al no obtener el tres por ciento del voto nacional ni en la elección presidencial ni en la de diputados y senadores y que PRD, Verde y MC lo mantienen porque si bien no alcanzaron ese tres por ciento en las votaciones para presidente, lo superaron por un punto en las de diputados y/o senadores.
El constitucionalista de la UNAM Roberto Duque explica detalladamente que la segunda parte del aserto planteado en el párrafo anterior es consecuencia de una aplicación incorrecta de la ley.
Para su análisis parte de dos reglas posibles: 1) Quien tenga más del 3% en alguna de las tres elecciones federales, gana registro; y 2) Quien tenga menos del 3% en alguna de las tres elecciones federales, pierde registro. (Las cursivas son con fines comparativos).
La regla número uno se refiere claramente a un requisito de obtención o de conservación del registro y la dos a una causal de pérdida del registro.
El artículo 41 constitucional dice: “El partido político nacional que no obtenga al menos el 3% del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación del Poder Ejecutivo o de las Cámaras del Congreso de la Unión, le será cancelado el registro”.
Cualquiera, según el diccionario, significa “uno u otro, sea el que sea”. El INE, en la argumentación de su fallo, reconoce que cualquiera y alguna “tienen el mismo significado”. Si se sustituye la palabra alguna por la palabra cualquiera en las dos reglas posibles quedan así: 1) Quien tenga más del 3% en cualquiera de las tres elecciones federales, gana registro; y 2) Quien tenga menos del 3% en cualquiera de las tres elecciones federales, pierde registro.
El aserto no obtenga del artículo 41 constitucional está en el tenga menos de la regla 2 y no aparece en la regla 1 que se refiere a tenga más; el término cualquiera del artículo constitucional aparece en las reglas 1 y 2; y el aserto le será cancelado el registro contenido en la Constitución solo está en el pierde el registro de la regla dos y nada tiene que ver con el aserto gana el registro de la regla 1.
De manera que todos los elementos constitutivos del precepto constitucional solo son reproducidos por la regla 2. La regla 1 solo tiene dos de esos elementos. El sentido del Constituyente está, por lo tanto, como una causal de pérdida de registro y no como un requisito para conservarlo.
En ese sentido, la regla 2, que es la apegada a la Constitución, señala: “Quien tenga menos del 3% en cualquiera de las tres elecciones federales, pierde el registro”. Es decir, fallas en cualquiera de esas tres votaciones y te vas.
El artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos dice que “Son causa de pérdida de registro: b) No obtener en la elección ordinaria inmediata anterior por lo menos el 3% de la votación válida emitida en alguna de las elecciones para diputados, senadores o presidente de los Estados Unidos Mexicanos”.
Nuevamente no están todos los elementos de este precepto en la regla 1 y sí están en la regla 2. El constitucionalista Duque explica: “este artículo no nos dice qué mérito tienes que hacer para quedarte, sino que mala cosa te tiene que pasar para irte”. Y esa mala cosa es fallar en la consecución de 3% de la votación en alguna (que ya dijimos que significa lo mismo que cualquiera) de las tres elecciones federales.
De manera que en esta hipótesis normativa, no solo caben el PES y el Panal que no obtuvieron ese 3% en ninguna de las tres elecciones federales, sino también el PRD, el Verde y Movimiento Ciudadano que no lo logran en una de ellas, la presidencial, aunque sí lo hayan obtenido en la de diputados y senadores.
Al anunciar que dos partidos políticos pierden el registro y siete lo salvarán, el consejero Ciro Murayama dijo que la regla que hay en México es que “el partido político nacional que obtenga al menos el 3% de la votación válida emitida de alguna de las elecciones federales ordinarias conservará el registro”. Con ese fraseo eliminó la palabra no del “no obtenga” del artículo 41 constitucional y sustituye la palabra cancelar de ese precepto por conservar. Al hacerlo quitó una palabra y sustituyó otra de la Constitución para razonar su argumento. Y eso no se puede hacer o, mejor dicho, sí se puede, pero para hacerlo hay que legislar.
INSTANTÁNEAS: 1. CONTACTOS INFORMALES. Aunque la transición de gobierno iniciará formalmente hasta que AMLO sea declarado presidente electo, su equipo ya hizo contactos informales sobre todo en áreas sensibles del proceso. Es el caso de las Fuerzas Armadas, en donde la ex ministra Olga Sánchez Cordero ya estableció comunicación con el secretario de Marina, Vidal Soberón Sanz, y con el secretario de la Defensa, Salvador Cienfuegos.
2. UN DATO. En estos comicios, los candidatos a munícipes pudieron, por primera vez, aspirar a reelegirse. De los 320 alcaldes que lo intentaron en 23 estados, 188 lo lograron.
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