El Acuerdo por el que se reforma el reglamento del Sistema Nacional de Investigadores ha sido criticado por miembros de la comunidad científica, quienes lo califican como discriminatorio, pues entre los cambios, se contempla la eliminación de los estímulos a investigadores.

El pasado 3 de marzo, el dijo que por unanimidad, los integrantes de la Junta de Gobierno del Consejo aprobaron la reforma al Reglamento del SNI; sin embargo, desde ese momento surgieron críticas de investigadores por la falta de información con respecto a los cambios realizados.

Dos días después, la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) publicó el documento de la reforma que “busca ordenar el contenido del instrumento normativo sin imponer obligaciones adicionales a los solicitantes o sujetos de apoyo”. Hasta ayer por la tarde, ya había 180 comentarios de investigadores que criticaron los cambios.

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En este propuesta, señaló Rafael Bojalil Parra, doctor en Investigación Biomédica Básica, “para que una persona tenga nombramiento en el SNI debe investigar sobre temas preestablecidos” por el Conacyt y esos temas “deben de estar contenidos en alguno de los Programas Nacionales Estratégicos (Pronaces)”; sin embargo, “esos programas nunca han sido consultados con la comunidad científica, los temas salieron directamente de la dirección general de Conacyt y sus beneficiarios se definieron sin mediar convocatoria alguna”.

Al manejar de esa forma los Pronaces, agregó el investigador, “quedarán fuera de inmediato los críticos de la gestión y las personas non gratas para la gestión. El acotar los temas "preferentemente" a los dictados por Conacyt no solo atenta en contra de la libertad de investigación, sino que también lo hace en contra del desarrollo del país y lo condena a un atraso aún mayor que el actual”.

Como parte de los cambios, Conacyt propone en el artículo 61 del Reglamento del SNI que se podrá otorgar “apoyos económicos, sujetos a disponibilidad presupuestaria” a los integrantes del SNI que estén adscritos a alguna institución pública de educación superior o centro de investigación del sector público.

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Asimismo, en el nuevo reglamento se deroga el apartado en el que se especifica que “en el caso de instituciones o centros de los sectores privado y social, éstos deberán estar inscritos o preinscritos en el RENIECYT y deberán haber suscrito un convenio de colaboración con el SNI que se encuentre vigente”.

Alma Maldonado, del Cinvestav, dijo que los cambios a esos dos artículos “discriminan a los investigadores de instituciones particulares cuando el reglamento previo señalaba en su artículo 62 que para recibir el apoyo económico se debería, además de ser personal activo: 'laborar en alguna de las dependencias, entidades, instituciones de educación superior o centros de investigación del sector público, privado o social de México'. Por lo tanto exijo que se repare este indudable daño que afectará a particulares, en este caso al personal activo de instituciones de educación superior del sector privado”.