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El Servicio de Administración Tributaria ( SAT ) dio a conocer que aquellos contribuyentes que vayan a considerar las aportaciones complementarias o voluntarias de retiro, en sus deducciones para la declaración anual , deben tomar en cuenta varios aspectos.
El SAT se refiere a las aportaciones complementarias de retiro, es decir las que no se pueden disponer hasta que el contribuyente cumpla los 65 años de edad o por una condición de invalidez o incapacidad.
También a las voluntarias a largo plazo que son las aportaciones que se pueden retirar a los seis meses después de que se realizaron directamente a la subcuenta, así como depósitos en cuentas especiales para el ahorro.
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Señaló que si el contribuyente en su declaración anual de impuestos las quiere aplicar como deducción personal, se requiere contar con los comprobantes fiscales que amparen los pagos efectuados durante el ejercicio 2021.
Los comprobantes deben ser por el concepto de las aportaciones complementarias de retiro realizadas directamente en la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro o a las cuentas de planes personales de retiro, así como las aportaciones voluntarias realizadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias o depósitos en cuentas especiales para el ahorro siempre que cumplan con los requisitos correspondientes.
Si ya no los tienen, informó que las personas físicas pueden consultar y recuperar sus comprobantes con la Contraseña o firma electrónica (e.firma) en el Portal del SAT en la siguiente ruta: sat.gob.mx / Factura electrónica / Cancela y recupera tus facturas / Consulta CFDI / Retenciones e Inf. De Pagos / Consultar CFDI de retenciones recibidas.
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Para el caso de la deducción de aportaciones complementarias, el contribuyente puede ingresar al aplicativo de la Declaración Anual 2021 de personas físicas en el apartado Deducciones personales e identificar el icono Aportaciones complementarias o Depósitos en cuentas especiales para el ahorro y agregar la información de cada aportación realizada durante 2021 con los siguientes datos del comprobante fiscal:
-Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del emisor
-Nombre, denominación o razón social
-Fecha de emisión del comprobante fiscal
-Descripción
-Importe total
-Monto deducible
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¿Cuánto puedo deducir?
El SAT precisó que el monto de las aportaciones deducibles, tanto complementarias como voluntarias, podrá ser de hasta el 10 % de los ingresos acumulables del contribuyente en el ejercicio 2021.
Además, dichas aportaciones no pueden exceder la cantidad de 163 mil 467 pesos ahorrados voluntariamente durante un año.
Indicó que es importante considerar que el máximo a deducir, no puede superar el 15% de todas las deducciones personales combinadas con otros conceptos como donaciones o gastos médicos y que, en el caso de los Depósitos en cuentas especiales para el ahorro el monto máximo a deducir es de 152 mil pesos al año.
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Como ejemplo, mencionó que si se obtuvieron ingresos por un millón de pesos, se podrá deducir un máximo de 100 mil pesos en caso que haya aportado exclusivamente a este rubro y ninguna deducción a donaciones o gasto médico.
Si se tuvieron ingresos por 2 millones de pesos o más, solo se podrá deducir hasta un monto de ahorro voluntario de 163 mil pesos siempre y cuando haya sido lo único a deducir.
Para cualquier duda o aclaración, invitó a los contribuyentes a ingresar al minisitio de Declaración Anual 2021:
Declaración Anual 2021 | Servicio de Administración Tributaria
Además, si requieren orientación fiscal, tienen estas otras opciones: la Oficina Virtual, OrientaSAT, llamar a MarcaSAT 55 6272 2778 que estará disponible con el Asistente Virtual Conversacional, o bien, en las oficinas del SAT, pero con previa cita.
aosr/rmlgv