Cartera

Van 313 mil pequeños contribuyentes al nuevo Régimen de Confianza del SAT

Los que migraron del Régimen de Incorporación Fiscal cumplieron con los requisitos para pertenecer al esquema, en el cual pagarán un ISR de entre 1 y 2.5%

FOTO: Archivo
07/02/2022 |18:22
Redacción
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De un total de 3.2 millones de pequeños contribuyentes que tributaban en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), sólo 313 mil 921 pasaron en automático al nuevo Régimen Simplificado de Confianza (Resico), es decir 9.6 %.

El Servicio de Administración Tributaria ( SAT ), informó que los que migraron del RIF al Resico, cumplieron con todos los requisitos para pertenecer a este esquema, en el cual pagarán una tasa del impuesto sobre la renta (ISR) de entre 1% y 2.5%.

Dio a conocer que un millón 136 mil 298 pequeños contribuyentes, presentaron el aviso para poder seguir en el RIF, lo que representó el 34.9 % del total.

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El 31 de enero pasado, venció la fecha límite que marcaba la ley para que manifestaran su deseo de permanecer en el RIF.

Sin embargo, el órgano recaudador de impuestos, enfatizó que los contribuyentes que optaron por continuar en el RIF, pueden presentar su aviso de actualización para migrar al Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas en cualquier momento del año.

Lo podrán hacer a través del portal del SAT o en el minisitio oficial del Resico.

En tanto, que un millón 808 mil no cumplieron con los requisitos para migrar al Resico, por lo que ahora formarán parte del Régimen de Actividad Empresarial y Profesional, informó.

Recordó que los 313 mil 921 pequeños contribuyentes que pasaron a formar parte del Resico, tendrán las siguientes ventajas y beneficios:

Un mayor límite de ingresos permitidos con 3.5 millones de pesos anuales, respecto al RIF, declaraciones prellenadas con pago ágil, porque se genera de manera automática una línea de captura para pagar en ventanillas o a través de la banca en línea.

Están relevados de presentar declaraciones informativas y contabilidad electrónica, pagarán mensualmente el monto del impuesto a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel al que corresponda el pago.

Durante el ejercicio 2022, tendrán la opción de presentar únicamente la declaración anual en la que se calcule y pague el impuesto de todo el ejercicio, lo que significa que no realizarán pagos provisionales de ISR y solamente se presentará la declaración anual correspondiente a este año en el mes de abril de 2023.

rcr

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