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Si planeas vender tu casa, ya no basta con ceder las escrituras ante notario , también hay que emitir una factura electrónica que avale esta operación.
Así lo dispuso el Sistema de Administración Tributaria (SAT) en marzo pasado, como medida de seguridad y certeza para los usuarios.
A partir de ahora, el notario realizará la factura electrónica a nombre de la persona que venda el inmueble, como un complemento de pago fiscal.
Además, deberá retener el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y, de ser necesario, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) .
Este trámite es obligatorio para cualquier inmueble que esté sujeto a compra venta desde 2014, cuando entró en vigor el Comprobante Fiscal Digital por Internet.
“Esta medida incrementa la transparencia en las transacciones de bienes raíces y se avanza en el proceso de digitalización de los Registros Públicos de la Propiedad y el Notariado nacional”, aseguró Leonardo González, analista de Real Estate de Propiedades.com.
El contador Diego Villaseñor explicó que la e-factura tiene que elaborarse ante notario y debe contener el RFC del vendedor, razón social y régimen en el que tributa.
El notario tiene la obligación de retenerte el 20% de ISR y en caso de que sea para fines comerciales el 16% de IVA.
Este documento permite rastrear cada operación y genera certidumbre a los derechos de los propietarios.
“Esta medida perfila también una mayor profesionalización del sector, y evita nuevas operaciones ilícitas o irregulares, como fraudes por remate o adjudicación hipotecaria”, insistió González.
Villaseñor insistió en que la disposición evita el lavado de dinero, y evita que el crimen organizado compre propiedades y haga uso de ellas con fines ilícitos.
“Se imponen más obligaciones para obligar a decir de dónde provienen los ingresos con los que se hizo la compra, o si se hace en efectivo justificar su origen”, explicó.
“Ante cualquier operación, lo más recomendable es acercarse a un contador y no tomarlo a la ligera, porque las nuevas regulaciones del SAT incluyen mayores medidas y podrían incurrir en algún delito sin querer”.
afcl