Cartera

Tribunal de Banco Mundial rechaza resolver caso Oro Negro por carecer de jurisdicción

La empresa, que contaba con cinco plataformas petroleras, reclamó que Petróleos Mexicanos rescindió, en 2017, los cinco contratos de perforación lo que llevó a la quiebra

El laudo, que aún no se hace público por parte del CIADI, está en revisión, a fin de proteger la información de carácter confidencial, antes de subirse a la página de internet de dicho Tribunal. Foto: IStock
27/08/2024 |21:00
Ivette Saldaña
reportera de la sección CarteraVer perfil

El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) deldesechó el caso de la empresa Integradora de Servicios Petroleros Oro Negro por considerar que no tiene jurisdicción para resolver dicha reclamación.

La empresa, que contaba con cinco plataformas petroleras, reclamó que (Pemex) rescindió, en 2017, los cinco contratos de perforación lo que llevó a la quiebra, por lo que, luego de iniciar un concurso mercantil en el país, llevó el caso al Banco Mundial en 2019, para demandar a la firma petrolera del Estado por 270 millones de dólares.

Para la Secretaría de Economía se resolvió el caso en favor de México, en una demanda que tardó en resolverse más de cinco años.

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Aunque, el CIADI no entró en el detalle de la demanda, por considerar que Alice Grace y los otros demandantes tenían doble nacionalidad, entre ellas la mexicana, por lo que no le competía resolver un caso entre dos partes mexicanas.

En un comunicado, la Secretaría de Economía dijo que “el 19 de agosto de 2024, el Tribunal Arbitral constituido para conocer este caso conforme al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) resolvió de manera unánime y a favor de México no tener jurisdicción para resolver las reclamaciones presentadas por las Demandantes, con lo cual desestimó el caso en su totalidad. El Tribunal también ordenó que las Demandantes paguen en favor de México alrededor de 400 mil dólares por concepto de costos del arbitraje”.

Añadió que el resultado de este arbitraje es un logro importante para el Estado mexicano y un valioso precedente en materia de arbitraje de inversión.

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“En esencia, el Tribunal determinó carecer de jurisdicción para resolver un caso en el que individuos con doble nacionalidad, teniendo como dominante y efectiva la mexicana, presentaron reclamaciones en contra de su propio país”.

Asimismo, dicho Tribunal expuso que los “demandantes no contaron con la legitimidad necesaria para presentar reclamaciones en contra de México conforme el TLCAN”.

El laudo, que aún no se hace público por parte del CIADI, está en revisión, a fin de proteger la información de carácter confidencial, antes de subirse a la página de internet de dicho Tribunal.

La Secretaría de Economía explicó que en este caso se representó al gobierno mexicano por parte de la Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional de la Subsecretaría de Comercio Exterior, a la cual apoyaron los despachos de abogados Pillsbury Winthrop Shaw Pittman LLP y Tereposky & DeRose LLP, además de Pemex.

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ss/mgm

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