Cartera

Tres datos que no puedes pasar por alto en la gestión de las vacaciones

Estefanía Rueda García
19/07/2024 |00:43Estefanía Rueda García |

Si bien es de dominio público que los días de vacaciones aumentan de acuerdo con la antigüedad, poco se habla de cuánto tiempo se tiene para utilizarlos; quién determina las fechas para disfrutarlas; y cómo se documentan.

Aprovechando que estamos en el periodo vacacional de verano, se vuelve importante contextualizar el tema de las vacaciones al constituir un derecho reconocido en la Ley Federal del Trabajo para todos los empleados.

Además de permitir desafanarse de la rutina laboral, quizá una de las mejores características de las vacaciones, es que éstas aumentan de acuerdo con la antigüedad que se tiene en un trabajo, pero lo que probablemente no es muy sonado es sobre cuánto tiempo se tiene para utilizar los días de vacaciones; quién determina las fechas para disfrutarlas; y cómo se documentan:

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1.- ¿Cuánto tiempo se tiene para utilizar las vacaciones?

Como primer punto importante a considerar es que la legislación laboral prohíbe compensar monetariamente los días de vacaciones no utilizados por un trabajador, salvo que su relación laboral haya concluido, de ahí la necesidad de que los empleados hagan uso oportuno de los días de vacaciones que hayan generado.

La ley establece que el trabajador tendrá seis meses a partir de que cumpla un año de servicios para disfrutar de sus vacaciones y un año posterior a ello para exigirlas. Es decir, el plazo para hacer uso de las vacaciones generadas es de dieciocho meses en total. Transcurrido este término, el trabajador pierde el derecho a las vacaciones de ese año de servicios. Por ejemplo, si una persona fue contratada el 2 de enero de 2023, a partir del 2 de enero de 2024 y hasta el 2 de julio de 2025 tiene derecho a utilizar los 12 días de vacaciones que generó en su primer año de trabajo.

Claro está que hay libertad para que los empleadores puedan establecer periodos más largos para que el personal utilice sus días de vacaciones.

2.- ¿Quién determina las fechas para disfrutar de las vacaciones?

Si bien los trabajadores tienen la potestad de determinar cómo y cuándo distribuir sus vacaciones, también la ley establece que es el patrón quien tendrá la última palabra al tener la obligación de emitir una constancia en donde establezca las fechas en las cuáles la persona trabajadora deberá hacer uso de su periodo vacacional.

En otras palabras, las personas trabajadoras pueden someter al empleador su propuesta de las fechas en las cuales gozarán de sus vacaciones, pero es la compañía quien finalmente aprobará los días o definirá su cambio, según las necesidades del negocio. De hecho, en algunas industrias como la automotriz en las cuales llega a bajar el nivel de trabajo en algunas épocas del año, los patrones pueden requerir al personal hacer uso de sus vacaciones en estos periodos de bajo volumen de actividad.

3.- ¿Cómo se documentan las vacaciones?

Es necesario que el permiso de vacaciones no solo se otorgue verbalmente, sino que se tenga formalizado en un formato o documento donde se establezca claramente a qué trabajador se autorizaron las vacaciones, cuál es su fecha de ingreso o antigüedad en la empresa, a cuántos días de vacaciones tiene derecho, cuántos días utilizará y en qué fecha, así como los días que le quedan disponibles.

Aunque es responsabilidad de los empleados hacer uso de su periodo vacacional, los empleadores deben garantizar que las y los trabajadores cuenten con un descanso adecuado que utilicen en tiempo y forma para reducir las tasas de accidentes de trabajo y la exposición a afectaciones a la psique como el insomnio, el estrés o la ansiedad. Esto lo pueden hacer a través de órdenes de trabajo debidamente documentadas en donde requieran al personal hacer uso de determinadas fechas para vacacionar.

Somos el país de la OCDE que más horas trabaja y, aunque existan razones culturales y sociales que puedan estar involucradas en este hecho, se vuelve fundamental que procuremos un equilibrio y bienestar emocional que únicamente las vacaciones pueden proveer.

*Socia de Littler

X: @Littler

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