El informó que este martes 1 de octubre del 2024 es considerado inhábil. Indicó que esto se debe a la , en sustitución del 1 de diciembre de 2024.

A través de una resolución miscelánea fiscal, explicó que para los efectos del Artículo 12, primer y segundo párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF), se incluye como día inhábil el 1 de octubre.

Señaló que las autoridades estatales y municipales que actúen como coordinadas en materia fiscal, en términos de los artículos 13 y 14 de la Ley de Coordinación Fiscal (LCF), podrán considerar los días inhábiles señalados en esta regla, siempre que los den a conocer con ese carácter en su órgano o medio de difusión oficial, de acuerdo a las disposiciones legales y administrativas que las rigen.

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Recordó que los periodos y días señalados en esta regla no se computarán plazos y términos legales correspondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustanciarán ante las unidades administrativas del SAT.

Lo anterior sin perjuicio del personal que cubra guardias y que es necesario para la operación y continuidad en el ejercicio de las facultades de acuerdo a los artículos 13 del CFF y 18 de la Ley Aduanera.

Hay que recordar que si bien es un día inhábil, para atención presencial en las oficinas queda personal de guardia para los contribuyentes con cita programada. Mientras que para otros trámites, los servicios por internet y las plataformas siguen operando de manera gratuita y cotidiana.


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sg/mcc

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