El 2 de mayo fue la fecha límite para que los pequeños contribuyentes, asalariados, profesionistas y los que tienen una actividad empresarial por su cuenta, presentaran la declaración anual de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria ().

No hubo prórroga, pero si no la presentaste y estás obligado, todavía puedes cumplir con esta obligación, aunque sea fuera de tiempo y antes de que el fisco te llame la atención y luego te aplique una multa.

“Pueden hacerlo todavía de manera espontánea”, dijo el fiscalista Jesús Rodríguez, al indicar que para presentar la declaración anual en el portal del SAT necesitarán contar con la firma electrónica y la Contraseña.

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En entrevista explicó que, si bien no hay multa por presentar fuera de plazo la declaración anual del ejercicio fiscal 2022, el contribuyente tiene que pagar los recargos que son del 3%.

Lo anterior significa que, si aún no reciben un requerimiento por parte del SAT, pueden hacer la declaración de manera extemporánea y sólo pagar los recargos.

“Si no hay ningún requerimiento en el buzón tributario, no hay ninguna multa, pero si no, procede la multa que va de mil 630 pesos a 38 mil pesos dependiendo de las obligaciones que tenga cada uno”, recordó el expresidente de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos.

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Indicó que la multa es por cada obligación, es decir si tienen que pagar el IVA, es una una sanción, y otra si tienen a cargo el impuesto sobre la renta (ISR).

Las multas las determina la autoridad a discreción, no hay un tabulador e incluso si el contribuyente incumplido es recurrente, procede la sanción más alta con el fin de que no lo vuelva hacer, alertó.

Servicio de Administración Tributaria (SAT), impuestos. Foto: Pixabay
Servicio de Administración Tributaria (SAT), impuestos. Foto: Pixabay

Entre más tiempo pase, mayor será el costo ante el fisco

Entre más se tarden, advirtió, más caro les costará ponerse a mano con el fisco porque si dejan pasar un mes, tendrán que pagar la actualización, con base al Índice Nacional de Precios al Consumidor vigente que es el que sirve para medir la inflación.

Mencionó que los recargos y actualizaciones ya aparecerán de manera automática en el sistema del SAT, por lo que el contribuyente no tiene que calcularlos.

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ayef/rcr

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