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El pasado 12 de enero, el Servicio de Administración Tributaria ( SAT ) puso a disposición de las empresas, una facilidad administrativa para que los patrones puedan obtener los datos de sus empleados, contenidos en la Constancia de Situación Fiscal , que son necesarios para el correcto llenado de los recibos de nómina bajo la nueva versión 4.0 que será obligatoria a partir del primero de abril del 2023 con el código postal del domicilio de los trabajadores.
Así, las empresas podrán “timbrar” o sellar con un folio de manera digital los comprobantes de pago de los asalariados sin errores porque ya estará confirmada la información que ahora necesita el SAT.
Con lo anterior, ya no será necesario que los trabajadores que no tienen Contraseña o firma electrónica que se requiere para sacar dicho documento por internet, vayan a las oficinas para sacar su constancia y entregarla al patrón.
El objetivo es evitar el caos que se generó el año pasado con las largas filas de miles de asalariados en las oficinas del órgano recaudador de impuestos que acudieron a tramitar su constancia que contiene información importante para los recibos de nómina como el Registro Federal de Contribuyentes ( RFC ), nombre y el código postal del domicilio fiscal de los trabajadores.
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¿Quién está obligado?
Las empresas por su parte, podrán emitir de manera electrónica sin errores los recibos de nómina porque ya tendrán los datos contenidos en la Constancia de Situación Fiscal de sus empleados.
Esto significa que contarán con la misma información que tiene el SAT para sellar los recibos de nómina, pero sobre todo con el código postal del trabajador que es lo que más le interesa a la autoridad para evitar la suplantación de identidad.
Es decir que el patrón podrá “timbrar la nómina” correctamente y con ello hacer la deducción de impuestos y evitar multas y sanciones.
Timbrar la nómina significa asignar un folio y sello digital oficial proporcionado por el SAT a cada recibo de pago de los trabajadores para darle validez.
El “timbrado” de nómina es un proceso electrónico que se hace en cada Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica .
Para el caso de los comprobantes de sueldos y salarios, se le conoce como un CFDI de nómina que todo empleador tiene la obligación de expedir y entregar a sus trabajadores por el pago de sus servicios derivado de la relación laboral, pero debe estar certificado ante el SAT.
Esta legitimación está a cargo del Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) que es un intermediario registrado ante el SAT para procesar y validar las facturas o recibos de nómina.
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¿Cómo saber si se timbró mi recibo de nómina?
Cualquier asalariado que tenga dudas sobre el “timbrado” de sus recibos, puede verificar en el portal del SAT si el patrón está cumpliendo con este requisito.
Para ello se necesita tener la Contraseña o firma electrónica para entrar a la página de internet del SAT en SAT/Menú Trámites/factura electrónica/Consultar, cancelar y recuperar.
Hay que ingresar poniendo tú RFC y la Contraseña o firma electrónica.
En el primer apartado permite buscar los CFDI por folio y el segundo por fecha de emisión y dar clic en buscar CFDI.
Si encuentras los recibos tal y como te los entregaron de manera electrónica, quiere decir que tú patrón “timbró” bien tus recibos de pago semanal o de quincena.
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vcr/mcc