Telecom

TV Azteca gana amparo sobre multas

La Corte concluyó que no se puede sancionar acorde a la magnitud y al daño de la infracción cometida; en agosto pasado TV Azteca interpuso un amparo, luego de una multa interpuesta por el IFT por más de 4 mdp

Foto: Archivo/ EL UNIVERSAL
26/10/2017 |09:12
Redacción
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TV Azteca

fue amparada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la cual resolvió que resulta inconstitucional que la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), prevea como multa mínima, para ciertas conductas, el 1% de los ingresos acumulables del infractor.

La Corte concluyó que la multa mínima de 1% de los ingresos de las empresas que son sancionadas “provoca que conductas previstas en ese inciso que no son tan graves, sean castigadas con un monto excesivo”.

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De manera que no se puede sancionar acorde a la magnitud y al daño de la infracción cometida.

En agosto pasado, EL UNIVERSAL, dio a conocer que TV Azteca interpuso un amparo a partir de una multa que le fue impuesta por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

La sanción fue por cuatro millones 759 mil 683 pesos, debido a que por medio de un procedimiento administrativo, el regulador acreditó que la televisora emitía señales con “una potencia radiada aparente menor a la autorizada en 2012 por la extinta Cofetel” en el canal virtual XHLLO-TDT, canal 33.

cfe

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