La empresa de Tecnologías Móviles I.N.D de República de Chipre, se dio de alta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como prestador de servicios digitales extranjero.

Con lo cual suman un total de que se inscribieron en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

Es obligación de los residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México que proporcionen servicios en plataformas digitales ubicados en territorio nacional, realizar su inscripción en el RFC.

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Lo anterior, en términos de lo previsto en el artículo 27 apartado D, fracción VIII del Código Fiscal de la Federación vigente para efectos de la Ley del IVA.

Es decir que dichos servicios están sujetos al IVA por lo cual deberán darse de alta ante el fisco mexicano.

A partir del 1 de junio de 2020 entró en vigor el nuevo esquema mediante el cual las empresas extranjeras que prestan servicios digitales a usuarios en México por medio de aplicaciones, están obligadas al pago del IVA por sus servicios.

Deben inscribirse al RFC, tramitar su firma electrónica y actualizar sus actividades económicas.

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vcr

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