A partir del 31 de mayo, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (APF) no podrán hacer nuevas contrataciones de personal, puesto que así lo ordenó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

La Subsecretaría de Egresos, por medio de la Unidad de Política y Control Presupuestario, envió un oficio a las unidades de Administración y Finanzas de las secretarías de Estado y entidades de la APF para darles a conocer la disposición. Incluye a los órganos administrativos desconcentrados, la Oficina de la Presidencia de la República, así como a tribunales agrarios.

No podrán formalizar ninguna contratación para la ocupación de plazas presupuestales de carácter permanente, eventual y de prestación de servicios profesionales por honorarios con cargo al capítulo de Servicios Personales a partir del 31 de mayo. De las excepciones, la SHCP precisó que sólo procederán contrataciones para personal de seguridad nacional y del sector Salud para atender a la población por la contingencia sanitaria.

Quedan excluidos cuando se trata de atender una reforma o leyes, pero siempre y cuando exista el dictamen previo que emita la Unidad de Política y Control Presupuestario, junto con la solicitud de justificación que presente el ejecutor del gasto para la contratación requerida.

Tampoco se sujetarán cuando se atienda una obligación establecida en términos de la legislación laboral para la operación en los consulados y embajadas.

De igual manera, quedan fuera de esta disposición las funciones que realicen las secretarías de la Defensa Nacional, de Marina y la Guardia Nacional, y de las acciones del programa IMSS-Bienestar.

En caso de que las dependencias se encuentren en proceso de contratación, podrán seguir con el mismo, siempre y cuando se realice con la finalidad de mantener continuidad del personal en la misma plaza o contrato que viene ocupando, derivado de la vigencia del nombramiento del contrato inmediato anterior.

También, cuando sea la primera vez de la ocupación de una plaza presupuestaria de carácter permanente de nueva creación para el presente año. Van a proceder los trámites de selección que hayan iniciado antes del 31 de mayo, en términos de lo que establece la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la APF.

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