Tras la salida del Banco del Bienestar del mercado de remesas familiares y con el fin de atender las recomendaciones antilavado del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), las autoridades financieras en México endurecieron las reglas de operación para los transmisores de dinero.

Deberán integrar a la Lista de Personas Bloqueadas a los contribuyentes que se encuentren en calidad de factureros, por emitir facturas electrónicas a nombre de empresas fachada, que la delincuencia organizada usa para operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Así lo establecen las nuevas disposiciones emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para ese tipo de intermediarios no bancarios, mismas que habrán de implementarse de forma gradual.

Los transmisores de dinero se sujetarán a las mismas reglas para combatir el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo que deben cumplir las diversas instituciones financieras y sujetos vulnerables con operaciones en efectivo.

Para ello, Hacienda hizo ajustes a los mecanismos que deben llevar a cabo los transmisores de dinero para la identificación no presencial de los usuarios.

Se establece que las empresas del sector tendrán que pedir una nueva autorización con base a los nuevos requisitos.

Tendrán que actualizar los sistemas automatizados para identificar la ubicación geográfica en operaciones no presenciales con dispositivos móviles usando la geolocalización.

De lo contrario, tendrán prohibido llevar a cabo operaciones de forma no presencial, cuando no recaben el dato relativo a la geolocalización, es decir a la ubicación geográfica del dispositivo utilizado para realizar el envío de dinero que consiste en obtener las coordenadas geográficas de latitud y longitud a través del sistema de posicionamiento global (GPS, por sus siglas en inglés) en que se encuentre dicho dispositivo.

Además, deberán aplicar el procedimiento conocido como Mecanismo Tecnológico de Identificación, a través del cual los transmisores de dinero realizarán el cotejo del documento válido de identificación y la aplicación de pruebas de vida de los usuarios a quienes se les pedirá un comprobante de domicilio.

Asimismo, tendrán que determinar el grado de riesgo en el que deban ubicarse los usuarios, así como si deben considerarse personas políticamente expuestas; para ello, cada empresa de envío de dinero establecerá en su manual de cumplimiento los criterios, tomando en cuenta antecedentes del usuario, su profesión, actividad o giro, el origen y destino de sus recursos, el lugar de su residencia y la geolocalización entre otros.

Cada mes tendrán que enviar a la SHCP, a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, reportes antilavado de operaciones inusuales y preocupantes de usuarios para detectar posibles transferencias con recursos de procedencia ilícita.

Documentos

La SHCP señaló que los documentos válidos de identificación personal que habrán de presentar los usuarios que quieran enviar dinero deberán ser expedidos por autoridades mexicanas como credencial para votar, pasaporte, la cédula profesional, la cartilla del servicio militar nacional, el certificado de matrícula consular y la credencial de identidad militar.

También la tarjeta de afiliación al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, credenciales y carnets expedidos por IMSS, ISSSTE, entre otros.

Para personas físicas de nacionalidad extranjera, se considerarán como documentos válidos de identificación personal, además de los referidos, el pasaporte o la documentación expedida por el Instituto Nacional de Migración, así como la tarjeta de acreditación que expida Relaciones Exteriores a cuerpos diplomáticos o consulares.


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