La campaña Septiembre, mes del testamento llega a su 20 aniversario. Fue en 2003 cuando iniciaba la jornada notarial especial impulsada por la Secretaría de Gobernación y el Colegio del Notariado Mexicano, con el objetivo de contribuir a la cultura de la previsión e inculcar la importancia de actuar responsablemente para no heredar problemas.
De acuerdo con el portal de El Colegio de Notarios de la Ciudad de México, durante estos meses de septiembre y octubre los interesados en obtener este instrumento legal podrán otorgar su testamento ante notarios capitalinos con un costo reducido de 3 mil 500 pesos, obteniendo así un descuento de hasta 50%.
Datos de la novena Encuesta de Servicios Notariales de la CDMX registraron en 2022 un incremento de 23% en la población que ha realizado su testamento en la capital del país, mientras que, a escala nacional, este porcentaje se ubica en alrededor de 8%.
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Un testamento es un instrumento legal en el que se manifiesta la voluntad de una persona sobre el destino que tendrán sus bienes y derechos después de su muerte.
Es la herramienta ideal para garantizar la seguridad jurídica de sus seres queridos y la certeza de no heredarles problemas.
La revista Proteja su dinero, de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), señala la importancia de hacer un testamento, cuyos beneficios son tanto para el testador como para sus familiares y seres queridos.
Es una forma de proteger a la familia, establecer cómo se distribuirán los bienes y propiedades, así como reducir conflictos y ahorrar tiempo y dinero, pues sin un testamento, el proceso legal puede ser complicado, caro y prolongado.
En el caso de tener hijos menores de edad o dependientes con discapacidades se puede nombrar un tutor o custodio. También permite la elección de albacea para administrar la sucesión y garantizar que se cumplan los deseos del testador.
Una vez que se realiza un testamento, la Secretaría de Gobernación recomienda avisar a las y los beneficiarios que son herederos, ya que, en caso de no haber un reclamo de la herencia en tres años, los bienes pasarán directamente a la beneficencia pública.
¿Qué se puede heredar?
Proteja su dinero destaca que la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro establece las disposiciones para que los beneficiarios designados por el titular de la cuenta puedan recibir los fondos acumulados.
La Condusef también recomienda que si vas a heredar un seguro o cuentas bancarias, es muy importante que en tu testamento menciones a las o los beneficiarios que hayas registrado, ya que en caso de haber una diferencia, prevalecerán los nombrados ante la institución, según los porcentajes del contrato.
Asimismo, según la institución que preside Óscar Rosado Jiménez, en el caso de las cuentas bancarias un beneficiario es la persona ante la cual, una entidad financiera se obliga a cumplir una prestación establecida en el contrato que celebró con su cliente. Es decir, entregar a los beneficiarios, los recursos depositados en la cuenta del cliente, de acuerdo con los porcentajes que él mismo haya establecido en el contrato.
La comisión explica que por lo general los beneficiarios serán designados por el titular de la cuenta en el contrato que firma con el banco al momento de abrir una cuenta.
Sin embargo, el titular puede en cualquier momento modificar los porcentajes para cada beneficiario, así como nombrar nuevos o quitar a aquellos que había establecido como tales, a lo cual se le llama revocación de beneficiarios.