Por mayoría, el Pleno del Senado aprobó la reforma a la Ley del Banco de México (Banxico) en materia de captación de divisas en efectivo.

Con ello, el banco central estará obligado a absorber los dólares en efectivo del sistema financiero que circulen provenientes de actividades turísticas, remesas y el excedente de los bancos que repatrian a sus corresponsales en el exterior, así como otros cuyo origen pudiera ser de procedencia ilícita.

El gobernador del Banxico, Alejandro Díaz de León, había advertido que el monto que involucra la reforma que impulsó el senador Ricardo Monreal sería de 5 mil millones de dólares.

Díaz de León había logrado que se instalara una mesa de análisis con la Comisión de Hacienda del Senado, la Secretaría de Hacienda, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y la Asociación de Bancos de México.

Sin embargo, ayer por la tarde, luego de recibir el visto bueno que faltaba de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, se subió al Pleno el dictamen que fue aprobado por mayoría y con los votos en contra del PAN, PRD y Movimiento Ciudadano.

Ante ello, el subgobernador del Banxico, Gerardo Esquivel, advirtió que se pone en riesgo la autonomía del banco central.

En su cuenta de Twitter, alertó que con ello se ponen en riesgo las reservas internacionales, y se atenta contra la autonomía del Banxico. Confió en que ahora la Cámara de Diputados corrija esta situación.

El dictamen aprobado reforma los artículos 20 y 34 de la Ley del Banxico y se adicionan los artículos 20 Bis y 20 Ter.

En la iniciativa se menciona que en el artículo 20 del texto vigente establece que sólo “los billetes y las monedas metálicas extranjeros”, forman parte de la reserva internacional, por lo que con la reforma a este artículo y la adición de un artículo 20 Bis, se fortalece la seguridad y la legalidad de las transacciones en efectivo, al considerar que los recursos captados por bancos mexicanos en apego a las disposiciones que previenen las operaciones con recursos de procedencia ilícita, y que no sea posible colocarlos en el mercado interno o repatriarlos a Estados Unidos de América, ya sea porque no pudieron suscribir un contrato de corresponsalía, uedan ser comprados por el Banco de México para que los incorpore a la reserva internacional.

Con la adición de un artículo 20 Ter, se establece el procedimiento de compra de divisas, así como las obligaciones para las instituciones de crédito.

La reforma el artículo 34 propone que la divisa sea vendida directamente al Banco de México, este a su vez, podrá contratar los servicios de bancos mexicanos o de corresponsales extranjeros para poder repatriar la divisa.

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