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Hay casi 10 mil factureros identificados por el fisco, de los cuales 700 fueron incluidos en lo que va del año en la lista negra oficial que publica el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Junto con los evasores que resultaron del análisis de las primeras declaraciones provisionales de impuestos o del pago del IVA que se hicieron en febrero, pueden salir las primeras órdenes de aprehensión derivadas de la reforma fiscal penal que entró en vigor este 2020, o bien algunos acuerdos reparatorios para evitar ir a la cárcel.
De acuerdo con información del SAT, únicamente un centenar ha ganado los amparos interpuestos. La gran mayoría de los señalados por emitir facturas apócrifas no ha logrado comprobar su inocencia.
El grueso de los implicados se encuentra en el listado global de presunción o por no aportar pruebas para ser borrados, y los que presentaron evidencias a su favor y no convencieron a las autoridades.
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Están en la mira otros 41 contribuyentes que se acercaron al SAT para demostrar que no evadieron por medio de facturas falsas, pero sus pruebas fueron insuficientes.
De acuerdo con datos del SAT, hay 165 contribuyentes que al ser incluidos en la lista negra de factureros recurrieron a un medio de defensa con el fallo a su favor.
En el listado de defraudadores hay desde empresas constructoras, despachos de arquitectura, corporativos, consultoras, firmas de asesoría fiscal y administrativa, el Consejo de Pymes del Estado de México y personas físicas.
La lista negra que publica el SAT en su portal y en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se deriva de las notificaciones que envía a los presuntos defraudadores.
El motivo es que se les identifica como emisores de comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.
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Se les hace llegar un oficio de presunción individual a cada uno de los contribuyentes de los que se presume son factureros, con base en lo que se establece en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF) vigente hasta el 24 de julio de 2018.
Así se saca un listado de presunción, en el cual a los señalados se les da un plazo para defenderse y demostrar su inocencia, de no hacerlo se publica otra lista definitiva.
Se le otorga a cada contribuyente 15 días hábiles para aportar las pruebas pertinentes para desvirtuar los hechos dados a conocer mediante los oficios.
El histórico
En la página de internet del SAT se puede consultar la relación de contribuyentes con operaciones presuntamente inexistentes. En ella aparece su nombre o razón social, Registro Federal de Contribuyentes (RFC), número y fecha del oficio, y la autoridad que lo notificó.
Hay un listado completo de 11 mil 591 presuntos evasores registrados desde 2014, y otro definitivo con 9 mil 660.
En el registro histórico aparecen los nombres de mil contribuyentes con un estatus de presuntos y 282 que lograron desvirtuar o acreditar que no eran factureros.
Desde que se publican las listas hace seis años, sólo 634 contribuyentes que fueron señalados lograron sentencias favorables.
Ganan amparo
El hecho de que el contribuyente haya obtenido una resolución favorable contra el oficio de presunción o de resolución definitiva no le exime de la responsabilidad respecto a otros comprobantes fiscales falsos.