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Ante un buen arranque de la temporada de declaración anual de impuestos del ejercicio fiscal 2023 de empresas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) espera un aumento del 4% para personas morales y de 9% para las físicas.
La meta es que un millón 10 mil empresas cumplan en tiempo y forma con esta obligación fiscal, dijo el Administrador General de Recaudación (AGR), Gari Gevijoar Flores Hernández González.
En entrevista con EL UNIVERSAL, estimó que incluso se podría superar ese objetivo, ya que han tenido una muy buena respuesta de los contribuyentes ante los cambios que se hicieron en el formato para facilitar el trámite.
Adelantó que también para las personas físicas, habrá mejoras para hacer más simple la presentación, con lo cual anticipó esperan más de 10 millones de declaraciones.
“Vamos muy bien en comparación al año pasado con más del 74% en la presentación de las declaraciones anuales (personas morales)”, informó.
Detalló que hasta el 28 de febrero recibieron 82 mil declaraciones anuales del ejercicio fiscal del 2023 de empresas contra 47 mil del mismo periodo del año pasado, por un monto de casi 3 mil millones de pesos con saldo a cargo.
Sin embargo, el funcionario del SAT pidió a los contribuyentes no esperarse hasta la fecha límite del primero de abril para cumplir con el fisco para el caso de personas morales y el 30 de abril para personas físicas.
De lo contrario, advirtió, los incumplidos tendrán que presentar una declaración extemporánea, pagar recargos, actualizaciones y multas generadas cuando llegue un requerimiento de la autoridad.
Además, recordó, al entregarla fuera de tiempo, la opinión de cumplimiento que emite el órgano recaudador de impuestos será negativa, lo que afecta su historial fiscal, para las contrataciones y para solicitar un estímulo fiscal.
Lee también SAT: ¿Cuándo vence la fecha para la declaración anual de las donatarias?
Detalles sobre la declaración anual
Señaló que muchos creen que el periodo de declaraciones para las empresas es en marzo, pero en realidad es a partir de enero y por ley terminaría el 31 de marzo, pero como este año cae en día inhábil, la ley prevé que se amplíe.
“Este año el 31 de marzo es domingo, entonces se va a extender hasta el 1 de abril, así las personas morales van a tener hasta ese día para presentar su declaración”, indicó.
Desde inicios de año, el SAT ya tenía listo el formulario para la declaración, dijo, por eso hubo empresas que no se esperaron hasta la fecha límite.
Realizaron mejoras para hacer más simple el procedimiento, mencionó el funcionario y recordó que ya está precargada toda la información de las facturas y los pagos provisionales que presentaron durante todo el ejercicio.
Cuando el contribuyente ingresa a su formulario, ya encuentra toda su información precargada como por ejemplo los pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta (ISR), lo que tiene que ver con nómina que es la participación de utilidades, retenciones por salarios y el subsidio al empleo.
Otro tipo de retenciones como los servicios profesionales o arrendamiento.
Un ejemplo de la mejoría que hicieron fue que trae precargada el tema de pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, pagos que se hayan realizado en el extranjero o el reparto de dividendos.
A diferencia del año pasado, mencionó que ya contemplaba eso, pero no estaba funcionando de manera correcta.
“Este año ya viene perfectamente bien calculada la pérdida, precarga la de ejercicios anteriores y hace las dos actualizaciones que tienen que hacer por ley”, explicó.
Refirió que el campo de la pérdida fiscal, es editable, “a pesar de que tenemos la certeza de que lo está haciendo correctamente el sistema, si por alguna razón se modifica algún campo y la empresa quiere cambiarlo, lo puede hacer, puede eliminar lo que precargó el sistema y poner el correcto”.
Gari Gevijoar Flores Hernández González mencionó que se sentaron con colegios y organizaciones civiles y la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) para ver el tema de los estados financieros.
Refirió que el año pasado se adicionaron dos estados financieros como requisito para presentar la declaración: el de flujo de efectivo y el de cambios en el capital contable; este año “los bajamos”.
Permanecen los que siempre han estado que son el estado de resultados y el de balance.
El funcionario hizo ver que a pesar de que no son un requisito, es indispensable en la contabilidad del contribuyente.
Lee también SAT: Conoce las novedades para que empresas presenten la declaración anual del ejercicio 2023
Declaración anual: Otis y nearshoring
El titular de la Administración General de Recaudación se refirió también a las novedades que contiene el formato para la declaración, relacionadas con incentivos fiscales.
Uno de ellos es para los que resultaron afectados por el huracán Otis en Acapulco y Coyuca de Benítez para no pagar el ISR, el IVA y el IEPS de octubre a diciembre del 2023.
En el formulario van a encontrar los campos para tomar esos incentivos, como ya lo hicieron 2 mil 154 causantes que se acogieron al decreto por 334 millones de pesos.
Otro es para el nearshoring que permite la deducción inmediata.
“Las empresas que se estén relocalizando en México para poder exportar al extranjero, principalmente Estados Unidos, pueden tomar ese beneficio fiscal que ya viene en el formulario”, expuso.
mcc